Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1069/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal general reguladora de contribuciones especiales
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 1069/2021
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal general reguladora de contribuciones especiales

APROBACIÓN DEFINITIVA DE ORDENANZA FISCAL
"Ordenanza fiscal general reguladora de contribuciones especiales"
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria en fecha 14 de
enero de 2021, de aprobación inicial de la modificación de la "Ordenanza fiscal general reguladora de contribuciones
especiales", por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz, para que el mismo pudiera ser examinado y poderse presentar las reclamaciones y sugerencias que se
considerasen oportunas.
Y resultando que finalizado el referido plazo de exposición al público, no se ha presentado reclamación o sugerencia alguna,
se considera definitivamente aprobado dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por lo que se procede a su publicación de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
El texto completo de la Ordenanza referida es el siguiente:
ORDENANZA FISCAL GENERAL REGULADORA DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES POR LA REALIZACIÓN DE OBRAS PARA
LA ADECUACIÓN DE LA RED DE CAMINOS RURALES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CABEZA LA VACA
Artículo 1.º.- Objeto y hecho imponible
1. La presente Ordenanza tiene por objeto regular las contribuciones especiales impuestas por la realización
de obras para la adecuación de los caminos rurales del término municipal de Cabeza la Vaca.
2. El hecho imponible de las contribuciones especiales estará constituido por la obtención por el sujeto pasivo
de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras de
mejora, asfaltado, reparación o ampliación de caminos públicos de carácter municipal por este Ayuntamiento.
3. Las contribuciones especiales se fundarán en la mera realización de las obras o en el establecimiento o
ampliación de los servicios a que se refiere el apartado anterior y su exacción será independiente del hecho
de que por los sujetos pasivos sean utilizadas efectivamente unas u otros.
Artículo 2.º.- Obras y servicios municipales
1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, tendrán la consideración de obras y servicios
municipales los siguientes:
Los que dentro del ámbito de su competencia realice o establezca el municipio para atender a los fines que le
estén atribuidos.
Los que realice o establezca el municipio por haberles sido atribuidos o delegados por otras Entidades
Públicas, así como aquellos cuya titularidad, conforme a la Ley, hubiese asumido.
Los que se realicen o establezcan por otras Entidades Públicas o por los concesionarios de éstas, con
aportaciones económicas de este municipio.
2. Las obras y servicios a que se refiere la letra a) del apartado anterior conservarán su carácter de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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