Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1013/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 1013/2021
Condiciones de Trabajo de los Empleados Públicos (DOE número 181, de 17 de septiembre de 2018), establece que durante
su vigencia, la política de empleo público estará presidida, fundamentalmente, por la reordenación, transformación y
distribución de los puestos de trabajo, conforme a los planes de ordenación que se lleven a cabo.
En lo que respecta a las adecuaciones retributivas que se contemplan, con carácter singular y excepcional, se practican con
sujeción a lo establecido por el apartado siete del artículo 3 del Real Decreto-Ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.
III
La vigente RPT del Personal Funcionario del año 2014 fue aprobada en sesión plenaria celebrada el día 29 de septiembre de
2014 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz, número 195, del día 14 de octubre de 2014.
Respondiendo a la modificación de la Estructura Orgánica de los Servicios Administrativos aprobadas en el mismo pleno y
publicadas en el BOP de Badajoz, número 194, del día 14 de octubre de 2014.
Habida cuenta del tiempo transcurrido, desde esa última modificación, resulta necesaria una revisión en profundidad, que
ha sido instada por las centrales sindicales representativas en este Ayuntamiento y aceptada por el Equipo de Gobierno, con
incidencia en la totalidad de los puestos de trabajo, en su dependencia orgánica, funciones así como de su valoración y
dedicaciones asignadas. No obstante, dado que este proceso se prevé dilatado en el tiempo, resultando necesaria la
introducción de distintas modificaciones, procede efectuar una revisión parcial, completando los aspectos más urgentes,
adquiriendo los firmantes el compromiso de abordar, con posterioridad y a la mayor brevedad posible una nueva revisión
más amplia de las relaciones de puestos, tanto de personal funcionario como laboral fijo, que incluso puedan confluir en
una conjunta.
Tras el análisis de necesidades organizativas y de planificación, se ha denotado la pertinencia de una serie de cambios
puntuales motivados tanto por una modificación puntual de la estructura orgánica de los Servicios Administrativos, que
conllevan acomodar la RPT a la nueva estructura establecida, como por otras modificaciones, que se apoyan en un plan de
ordenación de recursos humanos.
Todo ello con la finalidad de conjugar la prestación de unos servicios municipales de calidad y eficiencia, ahondando en la
mejora en la atención ciudadana, sin elevar en exceso el coste de los servicios, cumpliendo con el principio constitucional de
estabilidad presupuestaria y con estricta sujeción a los principios de racionalidad y economía.
Cambios que se motivan en las modificaciones debidas a ajustes habidos en la estructura orgánica de los Servicios
Administrativos, en la necesidad de amortizar los puestos de trabajo resultantes de la provisión de puestos de trabajo
derivados de la RPT de 2014, en la conveniencia de reconvertir puestos de trabajos vacantes de personal laboral en
funcionario, en la creación, modificación y readscripción puntual de determinados puestos y, finalmente, en una necesaria
adecuación muy singularizada de algún complemento específico. Todo ello conforme se relata en el artículo primero del
texto de la presente modificación de la RPT de personal funcionario.
IV
Todas estas modificaciones han sido negociadas en la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, ratificada en
la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de este Ayuntamiento y aprobadas por el Pleno de la Corporación,
en el ejercicio de su potestad organizativa.
Artículo primero.- Modificación relación de puestos de trabajo del personal funcionario.
Las modificaciones de la RPT del Personal Funcionario al Servicio del Este Ayuntamiento, como ha quedado determinado en
el preámbulo precedente, se concretan en las siguientes:
Uno.- Modificaciones debidas a ajustes en la estructura orgánica de los Servicios Administrativos. Introducidas
una serie de modificaciones puntuales en la estructura orgánica, procede la acomodación de la relación de
puestos a los cambios operados, que se traducen en los siguientes:
a) Ajuste organizativo de la Intervención y la Tesorería con motivo de la adecuación de las
competencias de los puestos del personal funcionario de Administración Local con habilitación
de carácter nacional, introducidos por la modificación operada por el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, situación que implica:
1.ª.- La Sección de Oficina de Control Presupuestario y Tributario se segrega en
dos secciones, una de control presupuestario, que seguirá teniendo dependencia
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Condiciones de Trabajo de los Empleados Públicos (DOE número 181, de 17 de septiembre de 2018), establece que durante
su vigencia, la política de empleo público estará presidida, fundamentalmente, por la reordenación, transformación y
distribución de los puestos de trabajo, conforme a los planes de ordenación que se lleven a cabo.
En lo que respecta a las adecuaciones retributivas que se contemplan, con carácter singular y excepcional, se practican con
sujeción a lo establecido por el apartado siete del artículo 3 del Real Decreto-Ley 2/2020, de 21 de enero, por el que se
aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.
III
La vigente RPT del Personal Funcionario del año 2014 fue aprobada en sesión plenaria celebrada el día 29 de septiembre de
2014 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Badajoz, número 195, del día 14 de octubre de 2014.
Respondiendo a la modificación de la Estructura Orgánica de los Servicios Administrativos aprobadas en el mismo pleno y
publicadas en el BOP de Badajoz, número 194, del día 14 de octubre de 2014.
Habida cuenta del tiempo transcurrido, desde esa última modificación, resulta necesaria una revisión en profundidad, que
ha sido instada por las centrales sindicales representativas en este Ayuntamiento y aceptada por el Equipo de Gobierno, con
incidencia en la totalidad de los puestos de trabajo, en su dependencia orgánica, funciones así como de su valoración y
dedicaciones asignadas. No obstante, dado que este proceso se prevé dilatado en el tiempo, resultando necesaria la
introducción de distintas modificaciones, procede efectuar una revisión parcial, completando los aspectos más urgentes,
adquiriendo los firmantes el compromiso de abordar, con posterioridad y a la mayor brevedad posible una nueva revisión
más amplia de las relaciones de puestos, tanto de personal funcionario como laboral fijo, que incluso puedan confluir en
una conjunta.
Tras el análisis de necesidades organizativas y de planificación, se ha denotado la pertinencia de una serie de cambios
puntuales motivados tanto por una modificación puntual de la estructura orgánica de los Servicios Administrativos, que
conllevan acomodar la RPT a la nueva estructura establecida, como por otras modificaciones, que se apoyan en un plan de
ordenación de recursos humanos.
Todo ello con la finalidad de conjugar la prestación de unos servicios municipales de calidad y eficiencia, ahondando en la
mejora en la atención ciudadana, sin elevar en exceso el coste de los servicios, cumpliendo con el principio constitucional de
estabilidad presupuestaria y con estricta sujeción a los principios de racionalidad y economía.
Cambios que se motivan en las modificaciones debidas a ajustes habidos en la estructura orgánica de los Servicios
Administrativos, en la necesidad de amortizar los puestos de trabajo resultantes de la provisión de puestos de trabajo
derivados de la RPT de 2014, en la conveniencia de reconvertir puestos de trabajos vacantes de personal laboral en
funcionario, en la creación, modificación y readscripción puntual de determinados puestos y, finalmente, en una necesaria
adecuación muy singularizada de algún complemento específico. Todo ello conforme se relata en el artículo primero del
texto de la presente modificación de la RPT de personal funcionario.
IV
Todas estas modificaciones han sido negociadas en la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario, ratificada en
la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de este Ayuntamiento y aprobadas por el Pleno de la Corporación,
en el ejercicio de su potestad organizativa.
Artículo primero.- Modificación relación de puestos de trabajo del personal funcionario.
Las modificaciones de la RPT del Personal Funcionario al Servicio del Este Ayuntamiento, como ha quedado determinado en
el preámbulo precedente, se concretan en las siguientes:
Uno.- Modificaciones debidas a ajustes en la estructura orgánica de los Servicios Administrativos. Introducidas
una serie de modificaciones puntuales en la estructura orgánica, procede la acomodación de la relación de
puestos a los cambios operados, que se traducen en los siguientes:
a) Ajuste organizativo de la Intervención y la Tesorería con motivo de la adecuación de las
competencias de los puestos del personal funcionario de Administración Local con habilitación
de carácter nacional, introducidos por la modificación operada por el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional, situación que implica:
1.ª.- La Sección de Oficina de Control Presupuestario y Tributario se segrega en
dos secciones, una de control presupuestario, que seguirá teniendo dependencia
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