Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1013/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la relación de puestos de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo
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Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y remitirla al Pleno de la
Corporación, por conducto de la Presidencia, en los plazos y con la periodicidad establecida.
h) Elaborar el avance de la liquidación del presupuesto corriente que debe unirse al presupuesto de la entidad
local a que se refiere el artículo 18.b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
en materia de presupuestos.
i) Determinar la estructura del avance de la liquidación del presupuesto corriente a que se refiere el artículo
168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de conformidad con lo que se establezca por el Pleno de la entidad local.
j) La gestión del registro contable de facturas y su seguimiento para cumplir los objetivos de la Ley 3/2004, de
29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales y de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del
Registro Contable de Facturas en el Sector Público, emitiendo los informes que la normativa exija.
k) La remisión de la información económico financiera al Ministerio de Hacienda y Función Pública, al Tribunal
de Cuentas y a los órganos de control externo así como a otros organismos de conformidad con lo dispuesto
en la normativa vigente.
032. Tesorero General: Jefatura del personal adscrito a la Tesorería. Función de tesorería que, respecto a esta entidad local,
comprende:
a) Titularidad y dirección del órgano correspondiente.
b) Manejo y custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con lo establecido en las disposiciones
legales vigentes y, en particular conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de carácter nacional.
c) Elaboración de los informes que determine la normativa sobre morosidad relativa al cumplimiento de los
plazos previstos legalmente para el pago de las obligaciones.
d) Dirección de los servicios de gestión financiera y propuesta de concertación o modificación de operaciones
de endeudamiento y su gestión.
e) Elaboración y acreditación del periodo medio de pago a proveedores, otros datos estadísticos e indicadores
de gestión que, en cumplimiento de la legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria, sostenibilidad financiera, gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras
administraciones o publicados en la web u otros medios de comunicación, siempre que se refieran a
funciones propias de la tesorería. Función de gestión y recaudación que engloba:
a) Jefatura de los servicios de gestión de ingresos y recaudación.
b) Impulso y dirección de los procedimientos de gestión y recaudación.
c) Autorización de los pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes
ejecutivos y jefes de unidades administrativas de recaudación, así como la entrega y recepción
de valores a otros entes públicos colaboradores en la recaudación.
d) Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de este carácter y, en
todo caso, resolver los recursos contra la misma y autorizar la subasta de bienes embargados.
e) Tramitación de los expedientes de responsabilidad que procedan en la gestión recaudatoria.
JEFES DE SERVICIOS
Funciones genéricas de los puestos de Jefes de Servicio: Dirección, propuestas de planificación, proyectos de determinación
de objetivos, planes de actuación, control y coordinación de la ejecución de las unidades administrativas integradas en el
servicio. Dirige, coordina e inspecciona todas unidades del servicio. Jefatura del Personal del Servicio.
223. Jefe de Servicio de Urbanismo. Dirección, coordinación, gestión, ejecución e inspección del planeamiento urbanístico de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y remitirla al Pleno de la
Corporación, por conducto de la Presidencia, en los plazos y con la periodicidad establecida.
h) Elaborar el avance de la liquidación del presupuesto corriente que debe unirse al presupuesto de la entidad
local a que se refiere el artículo 18.b) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales,
en materia de presupuestos.
i) Determinar la estructura del avance de la liquidación del presupuesto corriente a que se refiere el artículo
168 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de conformidad con lo que se establezca por el Pleno de la entidad local.
j) La gestión del registro contable de facturas y su seguimiento para cumplir los objetivos de la Ley 3/2004, de
29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales y de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del
Registro Contable de Facturas en el Sector Público, emitiendo los informes que la normativa exija.
k) La remisión de la información económico financiera al Ministerio de Hacienda y Función Pública, al Tribunal
de Cuentas y a los órganos de control externo así como a otros organismos de conformidad con lo dispuesto
en la normativa vigente.
032. Tesorero General: Jefatura del personal adscrito a la Tesorería. Función de tesorería que, respecto a esta entidad local,
comprende:
a) Titularidad y dirección del órgano correspondiente.
b) Manejo y custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con lo establecido en las disposiciones
legales vigentes y, en particular conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el
régimen jurídico de los funcionarios de carácter nacional.
c) Elaboración de los informes que determine la normativa sobre morosidad relativa al cumplimiento de los
plazos previstos legalmente para el pago de las obligaciones.
d) Dirección de los servicios de gestión financiera y propuesta de concertación o modificación de operaciones
de endeudamiento y su gestión.
e) Elaboración y acreditación del periodo medio de pago a proveedores, otros datos estadísticos e indicadores
de gestión que, en cumplimiento de la legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad
presupuestaria, sostenibilidad financiera, gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras
administraciones o publicados en la web u otros medios de comunicación, siempre que se refieran a
funciones propias de la tesorería. Función de gestión y recaudación que engloba:
a) Jefatura de los servicios de gestión de ingresos y recaudación.
b) Impulso y dirección de los procedimientos de gestión y recaudación.
c) Autorización de los pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes
ejecutivos y jefes de unidades administrativas de recaudación, así como la entrega y recepción
de valores a otros entes públicos colaboradores en la recaudación.
d) Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de este carácter y, en
todo caso, resolver los recursos contra la misma y autorizar la subasta de bienes embargados.
e) Tramitación de los expedientes de responsabilidad que procedan en la gestión recaudatoria.
JEFES DE SERVICIOS
Funciones genéricas de los puestos de Jefes de Servicio: Dirección, propuestas de planificación, proyectos de determinación
de objetivos, planes de actuación, control y coordinación de la ejecución de las unidades administrativas integradas en el
servicio. Dirige, coordina e inspecciona todas unidades del servicio. Jefatura del Personal del Servicio.
223. Jefe de Servicio de Urbanismo. Dirección, coordinación, gestión, ejecución e inspección del planeamiento urbanístico de
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