Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (1070/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de ayuda a domicilio
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

Anuncio 1070/2021

1.- Ante la necesidad de apoyo extraordinario para las Actividades Básicas de la Vida Diaria (ABVD), el usuario
de los pisos tutelados deberá abonar la cantidad correspondiente según el grado de necesidad.
Se consideran actividades básicas de la vida diaria, también conocidas como áreas de ocupación, aquéllas
tareas y rutinas típicas que una persona realiza diariamente y que le permiten vivir de forma autónoma e
integrada en la sociedad, cumpliendo así su rol dentro de ella:
Baño/ducha
Cuidado de la vejiga e intestinos
Vestido
Comer
Alimentación
Movilidad funcional
Cuidado de las ayudas técnicas personales
Higiene personal y aseo
Para ello se someterá al usuario a un estudio por los Servicios Sociales de Base, el Ayuntamiento y la persona
responsable del centro. Según la puntuación obtenida corresponderá a un grado u otro aplicándole la
cantidad económica correspondiente. Dicho grado obtenido podrá variar según la situación personal del
usuario.
Se tendrá en cuenta la autonomía que presente el usuario para las actividades básicas y sus limitaciones,
obteniendo un máximo de 15 puntos aquéllos usuarios que carezcan completamente de autonomía, un
máximo de 10 puntos para los que presenten limitaciones en algunas de las actividades y un máximo de 5
puntos para los que sólo precisen supervisión o ayuda puntual para una de las actividades.
Los usuarios que obtengan 15 puntos deberán abonar la cantidad extraordinaria de 300,00€/mes.
Los usuarios que obtengan 10 puntos deberán abonar la cantidad extraordinaria de 200,00€/mes.
Los usuarios que obtengan 5 puntos deberán abonar la cantidad extraordinaria de 100,00€/mes.
2.- Apoyos en acompañamiento a los usuarios en sus desplazamientos al hospital, en su caso:
Por acompañamiento y regreso: 50,00€
Por acompañamiento y pernoctación: 75,00€
Por regreso individual del acompañante: 0,19€/km. en función del destino.
En Cabeza la Vaca, a 4 de marzo de 2021.- El Alcalde-Presidente, Manuel Vázquez Villanueva.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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