Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alange. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (1019/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia en el espacio público del Ayuntamiento de Alange
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Ayuntamiento de Alange

Anuncio 1019/2021

CUADRO DE INFRACCIONES ORDENANZA MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL ESPACIO
PÚBLICO
Norma

Artíc
ulo

Apartado

OM

56

2

OM

57

OM

58

OM

59

OM

60

Opci
ón

1

2

Hecho denunciado

Calificación

Tramos
(€)

Emisión de mensajes publicitarios
producidos directamente o por
reproducción de la voz humana, el
sonido de instrumentos musicales o de
otros artificios mecánicos o
electrónicos, salvo autorización
municipal.

Leve

De 40,00 a
300,00

Portar mechas encendidas y disparar
petardos, cohetes y toda clase de
artículos pirotécnicos que puedan
producir ruidos en la vía pública, salvo
autorización expresa.

Leve

De 40,00 a
300,00

Emisión de ruidos con ocasión de ferias
y fiestas tradicionales, por propietario y
titulares de establecimientos,
asociaciones vecinales, deportivas, etc.,
sin autorización municipal o con
incumplimiento de las condiciones
referente al nivel sonoro y horario de
inicio y fin de las actividades.

Leve

De 40,00 a
300,00

Emisión de ruidos en espectáculos,
actividades de ocio recreativas y
esporádicas, sin autorización municipal
o con incumplimiento de las
condiciones referente al nivel sonoro y
horario de inicio y fin de las actividades.

Leve

De 40,00 a
300,00

Emisión acústica en la vía pública,
proveniente tanto de actuaciones
musicales como sonido ambiental, sin
autorización municipal o con
incumplimiento de las condiciones
referentes al nivel sonoro y horario de
inicio y fin de las actividades.

Leve

De 40,00 a
300,00

Importe
(€)

Capítulo X. Normas de conducta de la zona de baños
OM

63

a)

La realización de actividades como
juegos de pelota, paletas u otros
ejercicios, en las zonas y aguas de baño,
que puedan molestar al resto de
usuarios.

Leve

De 40,00 a
300,00

OM

63

b)

Permanecer, transitar o pasear con
animales domésticos y otros animales
por las zonas destinada al baño en
temporada de baño, salvo perros guías
para personas con discapacidad visual.

Leve

De 40,00 a
300,00

OM

63

c)

El incumplimiento de las normas de
limpieza por parte del usuario de la
playa que no se consideren graves en el
artículo siguiente.

Leve

De 40,00 a
300,00

OM

63

d)

Acceder con envases de vidrio.

Leve

De 40,00 a
300,00

OM

63

e)

El uso de aparato sonoro o instrumento
musical cuando por su volumen de
sonoridad causen molestias a los
demás usuarios de las playas.

Leve

De 40,00 a
300,00

OM

63

f)

El uso indebido del agua de las duchas y
lava-pies, así como, lavarse en la playa
utilizando jabón o cualquier otro
producto de aseo corporal.

Leve

De 40,00 a
300,00

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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