Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (997/2021)
Aprobación definitiva del acuerdo de modificación de la estructura orgánica de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Almendralejo
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 997/2021
Apoyo técnico a la formación del proyecto de presupuesto y sus modificaciones así como a la gestión de la
contabilidad municipal. Estudio y seguimiento de desviaciones y control del gasto público. Elaboración del
plan estratégico municipal en materia económica-financiera. Análisis de balances de situación económica
financiera para estudios económicos, contabilidad analítica o de costes por servicios para la modificación de
Ordenanzas fiscales, regulación de precios públicos, contribuciones especiales, análisis de estados financieros
en base a las cuentas de varios ejercicios. Elaboración de la cuenta general y el estado de cuentas. Realización
de las comprobaciones o procedimientos de auditoría interna en empresas o instituciones dependientes del
Ayuntamiento. Remisión información a órganos de control externo (Ministerio de Hacienda, Tribunal de
Cuentas y otros). Gestión de los seguros municipales. Control financiero permanente.
TESORERÍA
Función de tesorería que, respecto a esta entidad local, comprende: a) Titularidad y dirección del órgano
correspondiente. b) Manejo y custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con lo establecido en las
disposiciones legales vigentes y, en particular conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de carácter nacional. c) Elaboración de los informes que
determine la normativa sobre morosidad relativa al cumplimiento de los plazos previstos legalmente para el
pago de las obligaciones. d) Dirección de los servicios de gestión financiera y propuesta de concertación o
modificación de operaciones de endeudamiento y su gestión. e) Elaboración y acreditación del periodo medio
de pago a proveedores, otros datos estadísticos e indicadores de gestión que, en cumplimiento de la
legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera,
gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras administraciones o publicados en la web u otros
medios de comunicación, siempre que se refieran a funciones propias de la tesorería.
Función de gestión y recaudación que engloba: a) Jefatura de los servicios de gestión de ingresos y
recaudación. b) Impulso y dirección de los procedimientos de gestión y recaudación. c) Autorización de los
pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes ejecutivos y jefes de unidades
administrativas de recaudación, así como la entrega y recepción de valores a otros entes públicos
colaboradores en la recaudación. d) Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de
este carácter y, en todo caso, resolver los recursos contra la misma y autorizar la subasta de bienes
embargados. e) Tramitación de los expedientes de responsabilidad que procedan en la gestión recaudatoria.
Unidad: Tesorería e Ingresos.
Instrucción y ejecución administrativa de Ingresos y pagos. Gestión de altas de terceros y embargos. Auxilio
del titular de la Tesorería.
SECCIÓN: GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN TRIBUTARIA.
Coordinación y control de la gestión y recaudación de impuestos, tasas, plusvalías y precios públicos locales,
conforme a las Ordenanzas fiscales y al Protocolo de Gestión y Recaudación tributaria entre el Organismo
Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz (OAR) y este Ayuntamiento. En los casos que proceda:
Elaboración de padrones de contribuyentes, liquidaciones tributarias, devolución de ingresos tributarios,
anulación de valores en vía de apremio, derivación de la acción administrativa a otros responsables de la
deuda tributaria, compensación de ingresos a la hacienda municipal con pagos pendientes, supervisión de
cobros e ingresos. Informes económicos y financieros. Gestión de expedientes relativos a la imposición y
modificación de las Ordenanzas fiscales. Certificaciones e informes a usuarios sobre tributos. Igualmente, y en
los mismos términos, ejercerá la gestión y control de la inspección tributaria de los impuestos, tasas,
plusvalías y precios públicos locales: Organización de visitas, revisión y comprobaciones de altas en los
distintos padrones de obligados tributarios, vigilancia de obras, levantamientos de actas, propuestas de
sanciones, así como otras actividades propias de la inspección. Gestión de expedientes sancionadores
tributarios. Coordinación con el OAR en inspección tributaria y con las inspecciones de urbanismo y catastral.
Negociado: Inspección Tributaria.
Inspección de la correcta aplicación de impuestos, tasas y precios públicos locales, conforme a las Ordenanzas
fiscales. Vigilancia e inspección de licencias y autorizaciones. Organización de visitas, revisión y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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contabilidad municipal. Estudio y seguimiento de desviaciones y control del gasto público. Elaboración del
plan estratégico municipal en materia económica-financiera. Análisis de balances de situación económica
financiera para estudios económicos, contabilidad analítica o de costes por servicios para la modificación de
Ordenanzas fiscales, regulación de precios públicos, contribuciones especiales, análisis de estados financieros
en base a las cuentas de varios ejercicios. Elaboración de la cuenta general y el estado de cuentas. Realización
de las comprobaciones o procedimientos de auditoría interna en empresas o instituciones dependientes del
Ayuntamiento. Remisión información a órganos de control externo (Ministerio de Hacienda, Tribunal de
Cuentas y otros). Gestión de los seguros municipales. Control financiero permanente.
TESORERÍA
Función de tesorería que, respecto a esta entidad local, comprende: a) Titularidad y dirección del órgano
correspondiente. b) Manejo y custodia de fondos, valores y efectos, de conformidad con lo establecido en las
disposiciones legales vigentes y, en particular conforme al Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de carácter nacional. c) Elaboración de los informes que
determine la normativa sobre morosidad relativa al cumplimiento de los plazos previstos legalmente para el
pago de las obligaciones. d) Dirección de los servicios de gestión financiera y propuesta de concertación o
modificación de operaciones de endeudamiento y su gestión. e) Elaboración y acreditación del periodo medio
de pago a proveedores, otros datos estadísticos e indicadores de gestión que, en cumplimiento de la
legislación sobre transparencia y de los objetivos de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera,
gasto público y morosidad, deban ser suministrados a otras administraciones o publicados en la web u otros
medios de comunicación, siempre que se refieran a funciones propias de la tesorería.
Función de gestión y recaudación que engloba: a) Jefatura de los servicios de gestión de ingresos y
recaudación. b) Impulso y dirección de los procedimientos de gestión y recaudación. c) Autorización de los
pliegos de cargo de valores que se entreguen a los recaudadores, agentes ejecutivos y jefes de unidades
administrativas de recaudación, así como la entrega y recepción de valores a otros entes públicos
colaboradores en la recaudación. d) Dictar la providencia de apremio en los expedientes administrativos de
este carácter y, en todo caso, resolver los recursos contra la misma y autorizar la subasta de bienes
embargados. e) Tramitación de los expedientes de responsabilidad que procedan en la gestión recaudatoria.
Unidad: Tesorería e Ingresos.
Instrucción y ejecución administrativa de Ingresos y pagos. Gestión de altas de terceros y embargos. Auxilio
del titular de la Tesorería.
SECCIÓN: GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN TRIBUTARIA.
Coordinación y control de la gestión y recaudación de impuestos, tasas, plusvalías y precios públicos locales,
conforme a las Ordenanzas fiscales y al Protocolo de Gestión y Recaudación tributaria entre el Organismo
Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz (OAR) y este Ayuntamiento. En los casos que proceda:
Elaboración de padrones de contribuyentes, liquidaciones tributarias, devolución de ingresos tributarios,
anulación de valores en vía de apremio, derivación de la acción administrativa a otros responsables de la
deuda tributaria, compensación de ingresos a la hacienda municipal con pagos pendientes, supervisión de
cobros e ingresos. Informes económicos y financieros. Gestión de expedientes relativos a la imposición y
modificación de las Ordenanzas fiscales. Certificaciones e informes a usuarios sobre tributos. Igualmente, y en
los mismos términos, ejercerá la gestión y control de la inspección tributaria de los impuestos, tasas,
plusvalías y precios públicos locales: Organización de visitas, revisión y comprobaciones de altas en los
distintos padrones de obligados tributarios, vigilancia de obras, levantamientos de actas, propuestas de
sanciones, así como otras actividades propias de la inspección. Gestión de expedientes sancionadores
tributarios. Coordinación con el OAR en inspección tributaria y con las inspecciones de urbanismo y catastral.
Negociado: Inspección Tributaria.
Inspección de la correcta aplicación de impuestos, tasas y precios públicos locales, conforme a las Ordenanzas
fiscales. Vigilancia e inspección de licencias y autorizaciones. Organización de visitas, revisión y
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