3. Otras disposiciones. . (2025/150-24)
Resolución de fecha 31 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU de Sevilla, de fecha 7 de julio de 2025, por el que se aprueba definitivamente la «Modificación núm.31 del PGOU para la incorporación de nuevo sector de suelo urbanizable de uso residencial» del municipio de Mairena del Alcor (Sevilla), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10990/2

ANEXO I
«Visto el expediente administrativo y el documento técnico en relación a la “Modificación
núm. 31 del PGOU para la incorporación de nuevo sector de suelo urbanizable de uso
residencial” del municipio de Mairena del Alcor (Sevilla), con documento de cumplimiento
de resolución aprobado por el pleno municipal con fecha 28.1.2025, para el levantamiento
de la suspensión de la aprobación definitiva acordada por la Comisión de Ordenación del
Territorio y Urbanismo de fecha 18.12.2024, resultan los siguientes:
A NTECEDENTES

Igualmente en el fundamento de derecho cuarto, se indicaba lo siguiente:
«De conformidad con el informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la
Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, emitido
con fecha 2.12.2024, que concluía que la propuesta de acuerdo relativo a la Modificación
núm. 31 del PGOU para la incorporación de nuevo sector de suelo urbanizable de uso
residencial debía ser informada desfavorablemente en aplicación de la regla segunda
del artículo 36.2.c) de la LOUA, debido al carácter desfavorable del dictamen emitido,
con fecha 8.11.2024, por el Consejo Consultivo de Andalucía, debiendo subsanarse las
deficiencias recogidas en el apartado “Conclusiones” del referido informe.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324588

Primero. El documento “Modificación núm. 31 del PGOU para la incorporación de
nuevo sector de suelo urbanizable de uso residencial” del municipio de Mairena del Alcor
(Sevilla), ya fue sometido a la consideración de la Comisión Territorial de Ordenación del
Territorio y Urbanismo de fecha 18.12.2024, acordando:
1.º Suspender la aprobación definitiva de la “Modificación núm. 31 del PGOU para
la incorporación de nuevo sector de suelo urbanizable de uso residencial” del municipio
de Mairena del Alcor (Sevilla), con aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento,
de fecha 20.12.2022, en virtud del artículo 33.2.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, con base en el sentido desfavorable del
dictamen preceptivo y vinculante emitido, con fecha 8.11.2024, por el Consejo Consultivo
de Andalucía; debiendo subsanarse las deficiencias del documento en los términos
expresados en el informe técnico-jurídico, emitido con fecha 2.12.2024, por el Servicio
de Urbanismo de esta Delegación Territorial, tal y como se indica en el “fundamento de
derecho cuarto” del presente.
2.º Documento de cumplimiento: Al objeto de proceder al levantamiento de la
suspensión de la modificación del Instrumento de Planeamiento que nos ocupa, el
Ayuntamiento deberá elaborar un documento de cumplimiento, atendido a las deficiencias
indicadas en el informe emitido por el Servicio de Urbanismo, con fecha 2.12.2024; y
en su caso, solicitar los informes de verificación de las administraciones sectoriales
correspondientes y someterlo a información pública. El documento deberá ser aprobado
por el Pleno del Ayuntamiento y solicitar su aprobación definitiva a la Delegación
Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, que solicitará el
previo informe del Consejo Consultivo.
3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Mairena del Alcor, de conformidad
con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así como al Consejo Consultivo de Andalucía.
4.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA),
de conformidad con el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por
el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de
Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.»