3. Otras disposiciones. . (2025/150-18)
Resolución de 31 de julio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se desestima la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la planta solar fotovoltaica denominada «Gibralgalia II» y subestación 30/132 kV, en el término municipal de Casarabonela (Malaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 10976/6

Noveno. De acuerdo con el artículo 27. octies. del Decreto 356/2010, de 3 de agosto,
«la autorización ambiental unificada simplificada deberá obtenerse con carácter previo a
cualquier otra licencia o autorización que resulte exigible a la correspondiente actuación».
Décimo. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las
redes de transporte y distribución de energía eléctrica, establece en su artículo 26.2, que
«se producirá la caducidad de los permisos de acceso y de conexión de instalaciones
de generación en caso de incumplimiento de los hitos administrativos establecidos en el
artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, en los plazos que se establecen
en el mismo». Por su parte, conforme artículo 1.2 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de
junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica: «La no acreditación ante el gestor de la red del cumplimiento de
dichos hitos administrativos en tiempo y forma supondrá la caducidad automática de los
permisos de acceso y, en su caso, de acceso y conexión concedidos…»
Conforme al artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
«la autorización administrativa de instalaciones de generación no podrá ser otorgada si
su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexión a las redes de
transporte o distribución correspondientes».
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente
expuestos, esta Delegación Territorial, en el uso de las competencias atribuidas,
RESU ELV E
Primero. Desestimar la solicitud de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de la instalación de generación de energía eléctrica
denominada «Gibralgalia II» y subestación 30/132 kV, sitas en el término municipal de
Casarabonela (Málaga), promovida por Renovalia Álora, S.L.U.
Segundo. Declarar el archivo del expediente CG-894.
Tercero. Esta resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, y será notificada a Renovalia Álora, S.L.U.,
al gestor de la red, a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, y Medio Ambiente en
Málaga y a todas las administraciones, organismos públicos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general que hayan intervenido en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recuso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y
Minas en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su publicación,
sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento, de conformidad con
lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el
artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.

00324574

Málaga, 31 de julio de 2025.- El Delegado, Antonio Jesús García Acedo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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