Disposiciones generales. . (2025/150-1)
Corrección de errores de la Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía (BOJA núm. 81, de 30 de abril de 2025).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 150 - Miércoles, 6 de agosto de 2025
página 11006/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Corrección de errores de la Orden de 24 de abril de 2025, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso
eficiente de la energía en Andalucía (BOJA núm. 81, de 30 de abril de 2025).
Advertidos errores en la Orden de 24 de abril de 2025, de la Consejería de Industria,
Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía, y en su Cuadro Resumen.
De conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cual dispone
que las «Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos
existentes en sus actos», procede:
Primero. Corregir el Expositivo párrafo 7.º.
Donde dice:
Alcanzar estos objetivos requiere disponer de instrumentos de incentivos económicos
eficaces que actúen como catalizadores para las decisiones en nuevas inversiones de las
empresas y la ciudadanía. También estos instrumentos contribuirán a facilitar el desarrollo de
proyectos de mejora de la eficiencia energética y la implantación de las energías renovables,
así como el acceso a una movilidad sostenible, en el ámbito de las Administraciones y en las
infraestructuras públicas locales. Y ello, dentro de un marco de convergencia europea que no
puede sino alinearse con los objetivos políticos adoptados para el Marco 202-2027.
Debe decir:
Alcanzar estos objetivos requiere disponer de instrumentos de incentivos económicos
eficaces que actúen como catalizadores para las decisiones en nuevas inversiones de las
empresas y la ciudadanía. También estos instrumentos contribuirán a facilitar el desarrollo de
proyectos de mejora de la eficiencia energética y la implantación de las energías renovables,
así como el acceso a una movilidad sostenible, en el ámbito de las Administraciones y en las
infraestructuras públicas locales. Y ello, dentro de un marco de convergencia europea que no
puede sino alinearse con los objetivos políticos adoptados para el Marco 2021- 2027.
Segundo. Corregir el apartado 4.a)1.º.1. Podrán solicitar incentivos acogidos al
programa 1. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas:
Donde dice:
Persona o entidad beneficiaria

Tipos de actuación

Comunidades de propietarios, reguladas Tipo 1.1. Eficiencia energética en viviendas y edificios
por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre residenciales
propiedad horizontal
Tipo 1.2. Eficiencia energética en edificios, instalaciones
e infraestructuras publicas
Tipo 1.4. Energías renovables en instalaciones e
infraestructuras públicas y edificios no residenciales

Encuadramiento en el Programa de
Andalucía FEDER 2021-2027 como
principales grupos destinatarios
Personas físicas y jurídicas, que ejerzan
o no actividad económica, agrupaciones
de personas físicas y jurídicas, empresas
de servicios energéticos (OE 2.1 y OE 2.2).

Persona o entidad beneficiaria

Tipos de actuación

Comunidades de propietarios, reguladas
por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre
propiedad horizontal

Tipo 1.1. Eficiencia energética en viviendas y edificios
residenciales
Tipo 1.3. Energías renovables en viviendas y edificios
residenciales privados
Tipo 1.4. Energías renovables en instalaciones e
infraestructuras públicas y edificios no residenciales

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Encuadramiento en el Programa de
Andalucía FEDER 2021-2027 como
principales grupos destinatarios
Personas físicas y jurídicas, que ejerzan o
no actividad económica, agrupaciones
de personas físicas y jurídicas, empresas
de servicios energéticos (OE 2.1 y OE 2.2).

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324604

Debe decir: