3. Otras disposiciones. . (2025/149-34)
Acuerdo de 30 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el IV Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo 2025-2028.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Martes, 5 de agosto de 2025
página 10936/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD

El Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge en su artículo 10.3 que la Comunidad
Autónoma, en defensa del interés general, ejercerá sus poderes de acuerdo con unos
objetivos básicos, entre los que se encuentra «la cooperación internacional con el objetivo
de contribuir al desarrollo solidario de los pueblos».
Asimismo, en el artículo 245.1 del referido Estatuto se establece que «el pueblo
andaluz participa de la solidaridad internacional con los países menos desarrollados
promoviendo un orden internacional basado en una más justa redistribución de la
riqueza», e igualmente en el apartado segundo del mencionado artículo se dispone
que «la Comunidad Autónoma de Andalucía desplegará actividades de cooperación al
desarrollo en dichos países, dirigidas a la erradicación de la pobreza, la defensa de los
derechos humanos y la promoción de la paz y los valores democráticos, particularmente
en Iberoamérica, el Magreb y el conjunto de África».
La Ley 14/2003, de 22 de diciembre, establece en su artículo 6.1, relativo a la
planificación de la cooperación internacional para el desarrollo, que «la política de la
Junta de Andalucía en materia de cooperación internacional para el desarrollo se articula
mediante el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, los planes anuales y los
programas operativos por países». Igualmente, en el apartado segundo del referido
artículo se determina que «el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, que tiene
una duración cuatrienal, contiene los objetivos y prioridades que deben regir esta política
durante su periodo de vigencia. Asimismo, determina los recursos financieros indicativos
para su ejecución».
De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 14/2003, de 22 de
diciembre, «el Consejo de Gobierno aprobará y remitirá al Parlamento andaluz para
examen el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo» recayendo igualmente,
según el apartado 2 de dicho artículo, la competencia en el Consejo de Gobierno para la
aprobación de los respectivos planes anuales y programas operativos. Del mismo modo,
según lo dispuesto en el artículo 12 de esta Ley 14/2003, de 22 de diciembre, corresponde
a la Consejería competente en materia de coordinación de la cooperación internacional
para el desarrollo «la dirección, la coordinación y la evaluación de la política de la Junta
de Andalucía en esta materia, y en concreto: a) La elaboración y seguimiento del Plan
Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, de los planes anuales y de los programas
operativos».
El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías establece en su artículo 7.1 que corresponden a la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, las competencias en materia de coordinación de la
cooperación internacional para el desarrollo, adscribiendo a dicha Consejería, en virtud
del artículo 7.2. del citado Decreto, la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional
para el Desarrollo (en adelante AACID). En esta línea, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 1.o) del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, la gestión de
las ayudas y coordinación de la cooperación internacional para el desarrollo corresponden
a la citada Consejería, a través de la AACID.
El artículo 5.2.b) de la Ley 2/2006, de 16 de mayo, de creación de la AACID, así
como el artículo 6.b) de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 184/2014, de 30 de
diciembre, recogen, de entre las funciones de la AACID, la de proponer a la Consejería
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Acuerdo de 30 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
el IV Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo 2025-2028.