3. Otras disposiciones. . (2025/146-31)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la asistencia a municipios prestada por la Diputación Provincial de Huelva. Ejercicio 2023.
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10761/7

Asistencia material de prestación de servicios municipales (artículo 14).

En el artículo 11.2 se establece que la asistencia podrá ser obligatoria, cuando la provincia deba
prestarla a solicitud de los municipios, o concertada.
18.

Por último, se debe considerar el importante papel de las diputaciones provinciales en la aplicación
del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local, toda vez que, a su competencia genérica de asistencia jurídica, económica y técnica a los municipios se une la previsión contenida en el artículo 6.4 de
ese Real Decreto, según el cual, los interventores municipales pueden solicitar, a través del Presidente de la entidad local, asesoramiento e informe de los servicios de asistencia municipal y de los
órganos competentes de las citadas entidades supramunicipales.

3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN RELACIÓN CON LA FISCALIZACIÓN
19.

Es responsabilidad de la CCA concluir en términos de seguridad limitada y evaluar en términos de
eficacia, el cumplimiento por la Diputación Provincial de Huelva de la normativa de aplicación en
relación con la prestación de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica, así como sobre
la coordinación y apoyo para la prestación integral de los servicios municipales, en los municipios
con población inferior a 20.000 habitantes incluidos en su ámbito territorial. (§ 13)
En relación con las asistencias (técnica, material o económica) prestadas a través de entidades dependientes (EEDD), ha formado parte del alcance el análisis de los recursos y los mecanismos de
coordinación y seguimiento establecidos por la Diputación para garantizar, en los términos previstos en la normativa de aplicación, la prestación de los servicios a los municipios de su ámbito territorial.
En relación con la asistencia económica, no forma parte del alcance objetivo la fiscalización de los
expedientes de concesión de subvenciones y ayudas a los municipios.

20.

La actuación se configura como un encargo de informe directo. Los trabajos se han llevado a cabo
de conformidad con los principios fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de
Control Externo. En concreto, con las ISSAI-ES 100 “Principios fundamentales de fiscalización del
Sector Público”, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, ISSAIES 300 “Principios fundamentales de la fiscalización operativa” y las Guías Prácticas de Fiscalización
de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX) aplicables.
Los procedimientos seleccionados dependen del juicio auditor, incluida la valoración de los riesgos
de incumplimientos debidos a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor
tiene en cuenta el control interno relevante con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría
que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión
sobre la eficacia del control interno de la entidad.

00324358

La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para fundamentar las conclusiones.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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