Disposiciones generales. . (2025/146-1)
Resolución de 25 de julio de 2025, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las Instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Jueves, 31 de julio de 2025
página 10749/2

ANEXO I
Instrucciones para el desarrollo, la dirección y coordinación del Plan General de Actuación
de la Inspección Educativa y el Plan Anual de Perfeccionamiento y Actualización
Profesional para el curso 2025-2026
Primera. Objeto.
El objeto de estas Instrucciones es concretar, coordinar, homologar, publicitar,
realizar el seguimiento y evaluar las actuaciones a desarrollar por parte de la Inspección
de Educación de Andalucía en los centros docentes públicos, concertados y privados,
servicios, programas y actividades, así como en el resto de elementos y aspectos que
conforman el Sistema Educativo Andaluz en el curso académico 2025-2026.

Tercera. Modelo de actuación.
1. De acuerdo con lo recogido en el artículo 6 de la Orden de 26 de julio, el modelo de
actuación pretende establecer un marco común de trabajo mediante criterios homogéneos
que impulsen una homologación técnica en el desarrollo de las actuaciones y que
facilite la recogida de datos y evidencias para la elaboración de informes y dictámenes,
potenciándose la presencia continuada en los centros docentes, servicios, programas y
actividades del sistema educativo y, especialmente, en las aulas, dotando de la necesaria
autonomía para la contextualización de las intervenciones.
Este modelo de intervención se sustenta en la planificación estratégica, la
coordinación y el trabajo en equipo, la especialización, el seguimiento, la evaluación, así
como la aplicación de los ajustes necesarios, con el objetivo de asegurar el cumplimiento
de las leyes, garantizar derechos, mejorar la equidad y calidad, y contribuir a la excelencia
del sistema educativo de Andalucía.
2. Las actuaciones de la Inspección de Educación se planificarán, desarrollarán y
evaluarán teniendo en cuenta los tiempos en los que los centros docentes, servicios,
programas y actividades del sistema educativo desarrollan sus propios procesos, así
como su contexto, recursos, elementos de organización y funcionamiento, así como el
trabajo realizado con anterioridad.
3. De acuerdo con todo lo anterior, los principios que sustentan el Plan de Actuación
para el curso 2025-2026 son los siguientes:
a) La integración de actuaciones desde una perspectiva global y sistémica,
generándose a partir de las que presentan carácter prioritario en el marco del Plan
General de Actuación 2023-2027.
b) La planificación, desarrollo y evaluación de las actuaciones de la Inspección de
Educación deben posibilitar su seguimiento y medición, así como facilitar la obtención de
datos y evidencias que permitan la elaboración de informes y dictámenes.
c) Las actuaciones podrán presentar carácter censal o muestral. Su planificación se
llevará a cabo por la Inspección General de Educación o, en su caso, por los Servicios
Provinciales de Inspección de Educación, atendiendo a lo establecido en el artículo 65 de
la Orden de 13 de julio de 2007.
d) Los responsables provinciales de las áreas específicas de trabajo estructural
confeccionarán un plan de trabajo anual en el mes de octubre de 2025, incluyendo entre
sus acciones la participación en la elaboración de los procedimientos e informes que se
precisen dentro del marco de trabajo de la Inspección Educativa de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Segunda. Objetivos generales y líneas estratégicas.
Los objetivos generales y líneas estratégicas del Plan de Actuación de la Inspección
Educativa de Andalucía son los recogidos en los artículos 4 y 5 de la Orden de 26 de
julio de 2023, por la que se establece el Plan General de Actuación de la Inspección
Educativa de Andalucía para el período 2023-2027.