Autoridades y personal. . (2025/144-6)
Resolución de 24 de julio de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que modifica la de 22 de mayo de 2025, se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, acceso libre, a las personas que han superado el concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas que se citan y se acude a la relación complementaria de aspirantes, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10593/5

Quinto. La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentado el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00324190

Cuarto. Publicar como Anexo III de esta resolución relación complementaria de las
personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición de
Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso
libre, se le requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, para su
posible nombramiento como personal estatutario fijo.
En el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de publicación
de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas
aspirantes que se relaciona en el Anexo III de esta resolución deberán presentar la
solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud). En
virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar
la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, han de solicitar por orden
de preferencia todos los centros de destinos ofertados de conformidad con la redacción
dada por la Resolución de 14 de octubre de 2024 (publicada en la web del Servicio
Andaluz de Salud en fecha 16 de octubre de 2024), con corrección de errores de la
Resolución 14 de octubre de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud en
fecha 21 de mayo de 2025) por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y
se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso oposición de Médico/a de Familia
en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, convocadas
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo
público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud, especificando para ello los códigos de centros indicados en
dicho anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.