3. Otras disposiciones. . (2025/144-41)
Resolución de 21 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se adoptan las directrices del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en Andalucía durante la temporada de caza 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
página 10632/5

d) Modificación de los planes técnicos de caza de los terrenos cinegéticos afectados.
f) Suspensiones temporales, limitaciones o prohibiciones en el ejercicio de la actividad
cinegética.
g) Otras medidas cinegéticas de carácter excepcional.
El Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, establece que corresponde
a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, entre otras funciones, «la
ordenación, conservación, protección y seguimiento de las especies de caza y pesca
deportiva continental y el fomento de su aprovechamiento sostenible, tanto en la
propiedad pública como en la privada».
Por todo lo expuesto, vista la normativa citada y la de general aplicación, esta
Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, en el ejercicio de las competencias
que le atribuye el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Primero. Se establece el cupo, periodo hábil de caza y las condiciones para poder
cazar la tórtola europea (Streptopelia turtur), en la temporada 2025-2026 en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, conforme a las directrices establecidas por el órgano de
gobernanza del Plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea en el pasillo
migratorio occidental:
1. Durante la temporada de caza 2025-2026 el cupo total será de 35.497 capturas de
la especie tórtola europea (Streptopelia turtur) en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
que se reparte exclusivamente entre los cotos de caza relacionados en el Anexo I de esta
resolución conforme a las condiciones establecidas en el punto 5 del apartado primero
de la Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y
Biodiversidad, por la que se adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible
asignación de cupos dentro del plan de gestión adaptativa de la caza de la tórtola europea
(Streptopelia turtur) en Andalucía durante la próxima temporada de caza 2025-2026 (BOJA
núm. 50, de 14 de marzo de 2025).
Respecto al 35% del cupo a repartir entre los cotos de caza que ostenten la condición
de cotos deportivos de caza o cotos privados de caza cuyo titular cinegético sea una
sociedad deportiva federada, indicado en el Anexo I como Criterio 3, se ha realizado el
reparto del mismo siguiendo unas criterios homólogos a los del cupo general: esto es,
el 20% para todos los cotos de caza participantes adscritos a la Federación Andaluza
de Caza, el 45% en función de la superficie de cada matrícula y el 35% restante entre
aquellos cotos que han implementado y participado de manera activa en los últimos años
en los siguientes proyectos: Proyectos PIRTE (Plan Integral para la Recuperación de
la Tórtola Europea), Proyecto Framework, Proyecto Rufa y el Observatorio Cinegético,
distribuyendo esta cantidad a tenor de la extensión de los mismos.
2. Los cotos que figuran en el Anexo I de esta resolución son los únicos que podrán
ejercer la caza de la tórtola europea en la temporada 2025-2026 y siempre que el
aprovechamiento cinegético de esta especie esté autorizado en el plan técnico de caza
en vigor de cada acotado.
3. El periodo hábil de caza de la tórtola europea durante la temporada 2025-2026
en la Comunidad Autónoma de Andalucía se reduce exclusivamente a los días 23 y 24
de agosto de 2025, excepto en la zona costera de Cádiz, cuyo ámbito territorial está
delimitado en el Anexo I de la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y
períodos hábiles de caza en Andalucía, donde se podrá cazar exclusivamente los días 6
y 7 de septiembre de 2025.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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HA RESUELTO