Disposiciones generales. . (2025/144-1)
Orden de 23 de julio de 2025, por la que se modifica la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Proyectos Integrales para la Inserción Laboral.
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Número 144 - Martes, 29 de julio de 2025
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multiprovincial que pueden solicitarse, se establece una ratio mínima de personal técnico
por personas participantes, se acota el concepto de la inserción y se modifican algunos
puntos de la justificación. Todo ello redundará en la mejora de la eficiencia y eficacia de
la intervención pública en la gestión de estos procedimientos, así como en la ejecución
de los mismos.
Así pues, la presente orden tiene por objeto la modificación de la mencionada Orden
de 29 de septiembre de 2023. Esta modificación no altera el régimen de tramitación de
estas subvenciones, que seguirá siendo el de concurrencia no competitiva, no siendo
necesario establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre ellas,
pudiéndose conceder en atención al cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases
reguladoras, y estando limitada su concesión por las disponibilidades presupuestarias
existentes.
Esta orden se adopta atendiendo a los principios generales de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Atendiendo a los principios de eficacia y eficiencia administrativa, esta orden mantiene
la obligación impuesta a las entidades solicitantes, de relacionarse con el Servicio
Andaluz de Empleo a través de medios electrónicos, para realizar cualquier trámite
derivado de estos procedimientos administrativos, tal como se recoge en el artículo 14.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Por lo que respecta a la igualdad entre mujeres y hombres, el texto de la norma
se atiene a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para
la promoción de la igualdad de género en Andalucía, y se han tenido en cuenta los
principios y la normativa sobre igualdad de género, en particular, en la referida norma
y en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia la presente orden se dicta por
razones de interés general toda vez que las subvenciones contempladas en la Orden de 29
de septiembre de 2023, tienen vocación social, en tanto que son impulsoras de acciones
dirigidas a promover el acceso al mercado de trabajo y aumentar la empleabilidad de las
personas jóvenes, así como de aquellas personas con especial vulnerabilidad, a fin de
reducir sus altas tasas de desempleo, configurándose como uno de los instrumentos más
adecuados para garantizar su consecución.
Conforme al principio de proporcionalidad, esta orden mantiene la regulación
necesaria e imprescindible, constatándose que no existen otras medidas menos
restrictivas o que impongan menos obligaciones a las personas beneficiarias.
Asimismo, con la finalidad de garantizar el principio de seguridad jurídica, la
elaboración de esta norma se ha realizado de manera coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco
normativo estable.
Igualmente, se han atendido todas las exigencias de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como
de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en aplicación
del principio de transparencia.
En aplicación del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ha efectuado
consulta pública previa, publicada el 2 de diciembre de 2024, en el Portal de la Junta
de Andalucía.
Esta orden en aplicación del principio de eficiencia no establece ninguna carga
administrativa añadida derivada de su aplicación, resultando imprescindible la puesta
en marcha de políticas que impulsen y promuevan la inserción laboral de las personas
más vulnerables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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