3. Otras disposiciones. . (2025/143-42)
Resolución de 23 de julio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Revisión financiera de determinadas áreas del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía (Sevilla). Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
página 10532/27

(920.62200): obras rehabilitación Ayto F.A. por la parte no cobrada de 226.485,38 €, y que podría
disponer de los créditos correspondientes a la parte cobrada de 45.317,86 € de manera gradual:
22.658,93 € a partir del 5 de julio y otros 22.658,93 € a partir 30 de diciembre de 2021. Sin
embargo, la Entidad registró el 16 de julio de 2021 el reconocimiento de obligaciones de pago
por 273.909,46 €. (§ 20)
A23.

El 30 de noviembre de 2021 la Alcaldía aprueba generaciones de crédito por ingresos mediante
la tramitación del expediente nº 1494/2021 por el que habría de haberse incrementado la consignación de las aplicaciones presupuestarias (320.21202): reparación, conservación y mantenimiento de centros educativos, (320.22611): actividades educativas y (340.22613): actividades
deportivas en 10.000,00 €, 4.000,00 € y 20.000,00 € respectivamente, lo que totaliza 34.000,00
€.
Sin embargo, el Ayuntamiento no ha contabilizado tal modificación presupuestaria en dichas
aplicaciones sino en otras diferentes; en concreto, en la (221.1002): seguros sociales personal
laboral por 5.954,91 €, la (231.21201): reparación, conservación y mantenimiento de edificios
municipales por 5.000,00 €, la (320.13121): retribución de personal laboral temporal educación
por 18.045,11 € y la (342.21207): reparación, conservación y mantenimiento de instalaciones
deportivas por 5.000,00 €. (§ 21)

A24.

La generación de crédito por ingresos de 4.153,05 €, expediente nº 750/2021, procedente de
una subvención del Ministerio de Igualdad para el Pacto de Estado en materia de violencia de
género, no cuenta con la financiación requerida por el art. 181 del TRLRHL, dado que le ha sido
concedida al Ayuntamiento en virtud de una Resolución del Ministerio de 10 de diciembre de
2020, que ha sido cobrada el 31 de diciembre de 2020. Por lo tanto, esta modificación carecería
de financiación dado que el ingreso empleado para su financiación no se ha generado en 2021,
sino en el ejercicio anterior.
En la contabilidad figura registrado el cobro de la subvención el 31 de diciembre de 2020, con
arreglo al extracto bancario justificativo, a través de la cuenta (5540): cobros pendientes de aplicación, bajo la rúbrica “Ingreso de Transferencia de Pacto de Estado contra violencia de género”,
por lo que debió haber imputado a dicho ejercicio presupuestario tanto el reconocimiento de
dicho ingreso como su cobro en formalización.
En lugar de ello ha imputado en la Liquidación del Presupuesto de Ingresos de 2021 el reconocimiento del derecho y su cobro con fecha de 2 de enero; además, en lugar de haber contabilizado
este cobro con cargo a la cuenta (5540): cobros pendientes de aplicación en formalización, lo ha
hecho con cargo a la cuenta (571): bancos e instituciones de crédito. Cuentas operativas.

00324130

Habría que realizar, por tanto, un ajuste contable consistente en incrementar en 4.153,05 € el
debe y el haber de la cuenta (431): deudores por derechos reconocidos. Presupuestos de ingresos
cerrados y en minorar los de la (430): deudores por derechos reconocidos. Presupuestos de ingresos corriente por el mismo importe. Así mismo, habría que realizar un cargo en la cuenta
(5540) y un cargo con signo negativo en la (571) por 4.153,05 €. (§ 22)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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