3. Otras disposiciones. . (2025/143-39)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se convoca la adhesión de las entidades colaboradoras para la gestión del Programa 4 «Hogares Vulnerables» de la Orden de 24 de abril de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos para el uso eficiente de la energía en Andalucía.
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Número 143 - Lunes, 28 de julio de 2025
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i. 
Haber recibido de la entidad colaboradora las guías, modelos e información
sobre los incentivos, así como las copias de la solicitud presentada, la resolución
dictada y cualquier otro trámite dirigido a la misma, todo ello conforme al modelo
de declaración responsable publicado en la página web de la Agencia Andaluza
de la Energía.
ii. En los casos en que la entidad colaboradora actúe como mandataria para la
entrega del anticipo del incentivo a la persona beneficiaria, haber recibido el 50%
del anticipo tras la notificación de la resolución de concesión del incentivo y haber
realizado el pedido o el inicio de la ejecución material de la actuación objeto del
incentivo, todo ello conforme al modelo de declaración responsable publicado en
la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.
k) Facilitar al personal técnico que emite los certificados, informes y auditorías
previstas en las bases reguladoras, según corresponda en cada caso, copia de las
autorizaciones administrativas exigidas por las disposiciones legales vigentes en relación
con la actuación objeto del incentivo, en los casos en que la emisión de las referidas
autorizaciones sea de competencia de la entidad colaboradora.
l) Recabar de las personas beneficiarias la documentación justificativa prevista en
el apartado 25.f).4.º del Cuadro Resumen de la Orden de 24 de abril de 2025 y que se
relaciona a continuación:
i. 
Auditoría de ejecución de la actuación objeto de incentivo emitido por un
proveedor de servicios energéticos, según el modelo publicado en la página web
de la Agencia Andaluza de la Energía.
ii. Declaración responsable suscrita por la persona beneficiaria, según modelo
publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía, sobre el
cumplimiento del principio de no causar daño significativo (do not significant harmDNSH) a ninguno de los objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020.
iii. Declaración de ausencia de conflicto de intereses profesionales suscrita por
el proveedor de servicios energético que emite la auditoría de ejecución de la
actuación objeto del incentivo, según el modelo publicado en la página web de la
Agencia Andaluza de la Energía.
iv. D
 eclaración de ausencia de conflicto de intereses profesionales suscrita por el
personal técnico competente que emite el certificado de eficiencia energética
previsto en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, con carácter previo a la
ejecución de la actuación objeto de incentivo, según el modelo publicado en la
página web de la Agencia Andaluza de la Energía.
v. D
 eclaración de ausencia de conflicto de intereses profesionales suscrita por el
proveedor de servicios energéticos que emite la auditoria energética realizada
con carácter previo a la ejecución de la actuación objeto de incentivo, según el
modelo publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.
vi. D
 eclaración responsable suscrita por la persona beneficiaria, según modelo
publicado en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía, en el caso
de las actuaciones tipo 4.1, sobre la resiliencia de las infraestructuras al cambio
climático de conformidad con lo establecido en el artículo 73.2.j) del Reglamento
(UE) núm. 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo.
m) Cumplimentar la memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las
condiciones impuestas en la concesión del incentivo, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos, así como la memoria económica justificativa,
anexando los documentos previstos en el apartado 25.f).4.º del Cuadro Resumen de la
Orden de 24 de abril de 2025.
n) Presentar en nombre y representación de la persona beneficiaria, a través del tramitador
electrónico de la Agencia Andaluza de la Energía, la justificación a través de módulos prevista
en el referido apartado 25.f).4.º del Cuadro Resumen de la Orden de 24 de abril de 2025 y su
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía