Autoridades y personal. . (2025/140-27)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, por la que se efectúa convocatoria de traslado/promoción para cubrir mediante contrato indefinido a tiempo completo una plaza de Técnico/a en Gestión de la Documentación (Archivo).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Miércoles, 23 de julio de 2025
página 10291/5

del mismo día de su imposición, aportando justificante de su imposición en las oficinas de
Correos o en los registros permitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.4. No se admitirán solicitudes ni documentación remitidas por otras vías, ni
presentadas en otros registros distintos al consignado anteriormente.

9. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de pruebas.
9.1. Las candidaturas que pasan al proceso de selección participarán en las siguientes
fases:
9.1.1. Ejercicio 1: Prueba teórica de contenidos, que versará sobre los conocimientos
teóricos requeridos para el desempeño de las funciones previstas en el punto 2.3, y test
psicotécnico que valorará las competencias enumeradas en el apartado 5.
La prueba téorica de contenidos consistirá en contestar por escrito un cuestionario
elaborado por la comisión de selección. Las preguntas versarán sobre los contenidos que
con carácter general se especifican en el Anexo II.
Esta fase tendrá carácter eliminatorio, pasando a la siguiente fase las personas con
las 5 mejores puntuaciones. En caso de empate, se ampliará el número de candidaturas
incluyendo aquellas que tengan la misma puntuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323889

8. Admisión de aspirantes.
8.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la
Dirección del IAPH, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales
de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La
resolución se publicará en el Portal de ofertas de empleo de las entidades instrumentales
de la Junta de Andalucía. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su
exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un
plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación
de la resolución, para la presentación de alegaciones y documentación que a su
derecho convenga. Las alegaciones deberán presentarse a través del correo electrónico
gestiondepersonas.iaph@juntadeandalucia.es. La estimación o desestimación de las
alegaciones presentadas será notificada mediante el envío de un correo electrónico a las
personas alegantes.
Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la causa de
exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en
el proceso selectivo.
8.2. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Dirección del IAPH
dictará resolución, que se publicará en el Portal de ofertas de empleo de las entidades
instrumentales de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de
personas admitidas y excluidas. Dicha publicación servirá de notificación a quien haya
hecho alegaciones.
La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección del
IAPH, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o
interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.