3. Otras disposiciones. . (2025/136-16)
Resolución de 2 de julio de 2025, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, dirigida al personal funcionario de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía. Procedimiento financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Jueves, 17 de julio de 2025
página 9829/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional, en adelante Real Decreto 659/2023, establece
el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías
no formales de formación. La disposición adicional decimosexta del citado real decreto
establece, entre otros aspectos, que «Las referencias contenidas a “unidades de
competencia” se entenderán hechas, asimismo, a “estándares de competencias”».
El artículo 5 del Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero, por el que se desarrollan los
elementos integrantes y los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Formación
Profesional, y se modifica el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea
el Instituto Nacional de las Cualificaciones establece que «El Catálogo Nacional de
Estándares de Competencias Profesionales recoge y ordena el conjunto de estándares
de competencias profesionales identificados en el sistema productivo y de prestación
de servicios» y que «Cada estándar de competencias profesionales quedará adscrito, a
efectos orientativos y de organización, a una familia profesional de las que se recogen en
el Anexo III de este real decreto, atendiendo a criterios de afinidad competencial».
El recientemente publicado Real Decreto 532/2025, de 24 de junio, por el que se
incluyen determinados estándares de competencias profesionales y se integran los
estándares de competencias profesionales derivados de las antiguas unidades de
competencia establecidas al amparo del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por
el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en el Catálogo
Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, indica, en su artículo 4, que
«Los estándares de competencias profesionales derivados de las antiguas unidades de
competencia referenciadas en el Anexo I quedan integrados en el CNECP establecido por
el Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero, con las adaptaciones prescritas en el artículo 3
de este real decreto».
Así mismo, establece que «Dichos estándares de competencias profesionales
responderán a la descripción establecida para las respectivas unidades de competencia
en los anexos correspondientes a los reales decretos en que se establecieron las
cualificaciones profesionales en que estuvieran incluidas y que se detallan en el Anexo I».
El Acuerdo de 10 de junio de 2016, entre la Dirección General de Formación para
el Empleo y la Dirección General competente en materia de formación profesional del
sistema educativo, para desarrollar las competencias que ambas tienen atribuidas
en la gestión de los procedimientos de evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías
no formales de formación, concreta las funciones que cada parte asume y desarrolla
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323428
Resolución de 2 de julio de 2025, conjunta de la Dirección General de Formación
Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, y de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por
la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras
vías no formales e informales, dirigida al personal funcionario de los Servicios de
Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía. Procedimiento
financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 136 - Jueves, 17 de julio de 2025
página 9829/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
del Sistema de Formación Profesional, en adelante Real Decreto 659/2023, establece
el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías
no formales de formación. La disposición adicional decimosexta del citado real decreto
establece, entre otros aspectos, que «Las referencias contenidas a “unidades de
competencia” se entenderán hechas, asimismo, a “estándares de competencias”».
El artículo 5 del Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero, por el que se desarrollan los
elementos integrantes y los instrumentos de gestión del Sistema Nacional de Formación
Profesional, y se modifica el Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea
el Instituto Nacional de las Cualificaciones establece que «El Catálogo Nacional de
Estándares de Competencias Profesionales recoge y ordena el conjunto de estándares
de competencias profesionales identificados en el sistema productivo y de prestación
de servicios» y que «Cada estándar de competencias profesionales quedará adscrito, a
efectos orientativos y de organización, a una familia profesional de las que se recogen en
el Anexo III de este real decreto, atendiendo a criterios de afinidad competencial».
El recientemente publicado Real Decreto 532/2025, de 24 de junio, por el que se
incluyen determinados estándares de competencias profesionales y se integran los
estándares de competencias profesionales derivados de las antiguas unidades de
competencia establecidas al amparo del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por
el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en el Catálogo
Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, indica, en su artículo 4, que
«Los estándares de competencias profesionales derivados de las antiguas unidades de
competencia referenciadas en el Anexo I quedan integrados en el CNECP establecido por
el Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero, con las adaptaciones prescritas en el artículo 3
de este real decreto».
Así mismo, establece que «Dichos estándares de competencias profesionales
responderán a la descripción establecida para las respectivas unidades de competencia
en los anexos correspondientes a los reales decretos en que se establecieron las
cualificaciones profesionales en que estuvieran incluidas y que se detallan en el Anexo I».
El Acuerdo de 10 de junio de 2016, entre la Dirección General de Formación para
el Empleo y la Dirección General competente en materia de formación profesional del
sistema educativo, para desarrollar las competencias que ambas tienen atribuidas
en la gestión de los procedimientos de evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías
no formales de formación, concreta las funciones que cada parte asume y desarrolla
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323428
Resolución de 2 de julio de 2025, conjunta de la Dirección General de Formación
Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, y de la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por
la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras
vías no formales e informales, dirigida al personal funcionario de los Servicios de
Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento en Andalucía. Procedimiento
financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y
la Unión Europea-NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.