Autoridades y personal. . (2025/134-26)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de plazas de personal laboral en la categoría de Titulado Grado Medio en el Área de Conserjería de esta Universidad, Grupo II, por el sistema de promoción interna.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9974/8
7. Relación de personas aprobadas.
7.1. Tras la realización de cada prueba o ejercicio, el Tribunal hará público, en el
Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la página web de la
Universidad de Córdoba, el acuerdo con la relación provisional de personas aprobadas.
Contra este acuerdo se podrán presentar reclamaciones en el plazo de diez días hábiles,
que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamaciones, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación provisional tendrán
la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.
7.2. Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el
medio indicado en el punto anterior, una relación de las personas aspirantes que hayan
superado la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, en un plazo igual o
inferior a diez días hábiles.
7.3. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público, en el medio
antes citado, el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellas
personas aspirantes que hayan superado aquella, pudiendo publicarse simultáneamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323573
y objetividad en la realización de estos. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización y para
que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
6.3. El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos
necesarios para su desarrollo, así como de los criterios específicos de corrección y de
la nota mínima para superarlos. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios
de valoración y el mínimo para superar los ejercicios, teniendo las demás facultades y
competencias que se recogen en la base 5.2 de la convocatoria.
6.4. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.5. En atención a los principios de agilidad y eficiencia, el Tribunal podrá determinar
que los ejercicios de la fase de oposición se realicen en un mismo día.
6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento 25/2022, de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Técnico, de
Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba, modificado por
acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de enero de 2024.
6.7. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición se
publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la
página web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días hábiles.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá
transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
6.8. Si, en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta, ante este Rectorado, o demanda en el plazo de
dos meses ante el Juzgado de lo Social de Córdoba, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 134 - Martes, 15 de julio de 2025
página 9974/8
7. Relación de personas aprobadas.
7.1. Tras la realización de cada prueba o ejercicio, el Tribunal hará público, en el
Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la página web de la
Universidad de Córdoba, el acuerdo con la relación provisional de personas aprobadas.
Contra este acuerdo se podrán presentar reclamaciones en el plazo de diez días hábiles,
que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamaciones, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación provisional tendrán
la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.
7.2. Concluidos los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el
medio indicado en el punto anterior, una relación de las personas aspirantes que hayan
superado la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, en un plazo igual o
inferior a diez días hábiles.
7.3. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público, en el medio
antes citado, el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellas
personas aspirantes que hayan superado aquella, pudiendo publicarse simultáneamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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y objetividad en la realización de estos. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización y para
que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el
Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
6.3. El Tribunal informará, antes de la realización de los ejercicios, de los aspectos
necesarios para su desarrollo, así como de los criterios específicos de corrección y de
la nota mínima para superarlos. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios
de valoración y el mínimo para superar los ejercicios, teniendo las demás facultades y
competencias que se recogen en la base 5.2 de la convocatoria.
6.4. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.5. En atención a los principios de agilidad y eficiencia, el Tribunal podrá determinar
que los ejercicios de la fase de oposición se realicen en un mismo día.
6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento 25/2022, de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Técnico, de
Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba, modificado por
acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de enero de 2024.
6.7. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición se
publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la
página web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días hábiles.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá
transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.
6.8. Si, en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta, ante este Rectorado, o demanda en el plazo de
dos meses ante el Juzgado de lo Social de Córdoba, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.