Autoridades y personal. . (2025/133-28)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.
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Número 133 - Lunes, 14 de julio de 2025
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3. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad intelectual igual
o superior al 33%. No obstante, cuando este documento haya sido expedido por los
órganos competentes de la Junta de Andalucía, no resultará necesario aportarlo siempre
que la persona aspirante no se oponga en su solicitud de participación a la comprobación
de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión
de solicitudes. En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida
por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicho
documento deberá ser inexcusablemente aportado junto con la solicitud de participación.
b) En todo caso, se debe aportar informe técnico en vigor que fundamente, por
un lado, la concurrencia de discapacidad intelectual y, por otro lado, la solicitud de
adaptación de la prueba selectiva conforme a lo establecido en la base tercera de la
presente convocatoria.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 de la Ley 10/2021, de 28
de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
quienes deseen participar en el presente proceso selectivo estarán exentos del abono de
la tasa por inscripción en la convocatoria.
5. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal funcionario
interino deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo
indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicios como
personal funcionario interino. A falta de tal indicación se entenderá que optan por todas
las provincias. A efectos de la formación de la bolsa de selección de personal funcionario
interino, la base undécima regula la determinación de la puntuación necesaria para la
integración en la referida bolsa.
6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA e irán dirigidas
a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
7. La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente de forma electrónica,
accediendo a la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), o, de forma directa, en la dirección web
http://lajunta.es/libresolicitudes, en la que se elaborará y presentará la solicitud de la
siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio para todas las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita anteriormente supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
Las personas aspirantes quedarán vinculadas por los datos expresados en el
formulario de participación y solo será posible la modificación de estos datos mediante
la presentación electrónica de un nuevo formulario dentro del plazo de presentación
recogido en el apartado 6 de la presente base, en cuyo caso el nuevo formulario dejará
sin efecto al anterior.
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá de acreditación de su correcta presentación.
En el caso de que una incidencia técnica imposibilite, durante un periodo de tiempo,
el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, la Administración,
previa acreditación documental de la misma por las personas afectadas, podrá determinar
una ampliación de los plazos no vencidos o la apertura de un nuevo plazo en aquellos
supuestos específicos que comprometan la presentación de la solicitud de participación
en el plazo máximo determinado por esta convocatoria, por un período de días hábiles de
igual duración, al menos, al de la incidencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía