Autoridades y personal. . (2025/133-28)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo de Auxiliares Administrativos en el ámbito de la Administración General de la Junta de Andalucía para personas con discapacidad intelectual correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2022 y 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 133 - Lunes, 14 de julio de 2025
página 9872/14

En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma
de posesión en dicho puesto como funcionario o funcionaria de carrera del nuevo cuerpo y la
declaración en la situación de excedencia por incompatibilidad en el cuerpo al que pertenecía
con anterioridad, en los términos previstos en el artículo 155 de la Ley 5/2023, de 7 de junio.
3. En el supuesto descrito en el apartado 7 de la base octava, de requerirse relación
complementaria y existir personas candidatas para su propuesta, se expondrá al público
en la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap),
una relación provisional de personas aspirantes propuestas para su nombramiento como
personal funcionario.
Contra esta lista complementaria podrán presentarse alegaciones, que no tendrán
carácter de recurso, ante la comisión de selección, en el plazo de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de las mismas.
Las alegaciones deberán presentarse electrónicamente accediendo a la Sede
Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html).
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, el órgano de selección expondrá al
público en la Sede Electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía
(https://juntadeandalucia.es/servicios/sede.html), y a título informativo en la página web del
Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/organismos/iaap),
la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación. En ella constarán
las calificaciones obtenidas en el proceso selectivo y será elevada con propuesta de
nombramiento como personal funcionario de carrera a la persona titular de la Secretaría
General para la Administración Pública. Contra esta lista definitiva de personas
aprobadas podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre. La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma
exclusivamente electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda
de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12595.html.

Undécima. Bolsa de personal funcionario interino.
A los únicos efectos de integración en la bolsa de personal funcionario interino
prevista en el artículo 42 del Reglamento aprobado por Decreto 51/2025, de 24 de febrero,
la puntuación necesaria para superar el ejercicio se determinará por la persona titular
de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública con anterioridad a
la identificación nominal de las personas participantes y se concretará en la resolución
por la que se apruebe la relación de personas aspirantes a nombramiento de personal
funcionario interino del Cuerpo de Auxiliares Administrativos. Para determinar dicha
puntuación se tendrá en cuenta el número de personas funcionarias interinas nombradas
en el cuerpo en los tres años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Décima. Cobertura de plazas adicionales.
De acuerdo con la disposición adicional vigésima octava de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, con el objeto de dar cobertura a las posibles plazas adicionales a las que se refiere la
base primera, apartado 2, la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública,
una vez concluido el correspondiente proceso selectivo, incluida, en su caso, la lista
complementaria, requerirá a la comisión de selección relación de personas aspirantes que,
sin formar parte de la relación definitiva de personas que superan el proceso selectivo en
su totalidad, hayan participado en el mismo y hayan superado el ejercicio de la oposición.