Disposiciones generales. . (2025/132-5)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Fomento de la Innovación, por la que se convoca para el ejercicio 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para proyectos de innovación empresarial, al amparo de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomentar actuaciones de innovación y desarrollo tecnológico en las empresas, los clústeres de innovación y los centros tecnológicos en Andalucía (Orden de 10 de febrero de 2025, Línea 6).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9793/15

(Página

3

de

ANEXO I

6 )

Solicitadas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto










Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto











Minimis
(Sí/No)

Minimis
(Sí/No)

Otra/s (especificar):

ACEPTO mi inclusión en la lista de operaciones publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento y del Consejo de 24 de junio de 2021.

El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre):
ME OPONGO a la consulta de la inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento de la entidad
solicitante, al centro directivo responsable de dicho registro, y aporto la Resolución de inscripción en el mismo o
documentación acreditativa de haber solicitado la inscripción en el mismo con fecha anterior a la fecha de solicitud.

Presento la siguiente documentación:
Memoria de las actividades a ejecutar según lo establecido en el artículo 21.2.b de las bases reguladoras.
Plan Estratégico de I+D+I del Centro Tecnológico actualme nte vige nte y que se ajuste al conte nido mínimo que se especifique
en la correspondiente convocatoria.
Documentación acreditativa de la representación en los casos que proceda según lo establecido en el artículo 17.2 de las
bases reguladoras.
Documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.1.1 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y
desarrollo e innovación (2022/C 414/01).
En el caso de que la entidad interesada sea empresa, la documentación acreditativa de que no se trata de una empresa en crisis
será:
a) En el caso de personas jurídicas obligadas a tributar por el Impuesto de Sociedades, declaración del Impuesto sobre
Sociedades (modelo 200) correspondiente al último ejercicio cerrado anterior al momento de presentación de la
solicitud, o las cuentas anuales de dicho ejercicio depositadas en Registro Mercantil.

00323392

b) En el caso de empresas distintas a una PYME, documentación que acredite que en los dos ejercicios anteriores la ratio
deuda/capital de la empresa no ha sido superior a 7,5 y la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada
sobre la base del EBITDA, no se haya situado por debajo del 1,0.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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