3. Otras disposiciones. . (2025/132-47)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueban los formularios correspondientes a la convocatoria de los incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en Andalucía para el año 2025, efectuada mediante Resolución de 30 de junio de 2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 132 - Viernes, 11 de julio de 2025
página 9727/4

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de

ANEXO I

9 )

5. DECLARACIONES
5.1

DECLARACIONES PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE PERSONA O ENTIDAD BENEFICIARIA:

DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que la persona o entidad solicitante:
Conoce las obligaciones que le corresponden en caso de resultar beneficiaria del incentivo conforme a lo dispuesto en el Real
Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril y en la convocatoria de los incentivos ligados a
la movilidad eléctrica (MOVES III) en Andalucía y, se compromete a cumplirlas y a mantener los requisitos requeridos durante
el periodo previsto en la normativa de aplicación a los referidos incentivos.
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria de los incentivos, y aporta con esta solicitud la
información y documentación exigida en las bases reguladoras y en la convocatoria.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartado 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y no tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la
Junta de Andalucía. Y en particular, se halla al corriente en el pago de las obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas
conforme a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de no estar
obligados a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los artículos 18 y 19 del citado Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se deberá hacer mención expresa al fundamento de dicha exención:
No ha sido sancionada en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas
con discapacidad.
No ha sido sancionada o condenada por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme por alentar o tolerar
prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente.
En el caso de empresas, no concurre la calificación de empresa en crisis según se define en el Reglamento UE 651/2014, de 17
de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación
de los artículos 107 y 108 del Tratado, y no estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la
Comisión Europea que haya declarado una ayuda legal e incompatible con el mercado interior o por cualquier tipo de
incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión o en su caso, si habiendo recibido tales ayudas,
haber procedido a su reembolso en una cuenta bancaria bloqueada.
Para las actuaciones recogidas en el Programa de incentivos 1, en el caso de empresas, no se encuentra dada de alta en los
epígrafes 615.1 ni 651.1 de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas. En el caso de que el
concesionario punto de venta esté dado de alta en más de un epígrafe de dicha sección, podrá ser beneficiario, siempre que
el epígrafe en base al que se solicite el incentivo no sea ninguno de los dos antes mencionados.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Solicitadas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto




Concedidas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto




DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos a continuación se señalan, y que la persona o
entidad solicitante:
Se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de
2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, y que asimismo cumple con los requisitos del citado Reglamento.
Que la persona/entidad solicitante u otras vinculadas a la misma no ha recibido individual o conjuntamente ayudas de
minimis por importe superior a 300.000 euros durante cualquier período de lo tres últimos ejercicios fiscales.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00323326

003586/2

DECLARACIÓN PARA EL CASO DE ACTUACIONES ACOGIDAS AL REGLAMENTO (UE) NUM. 2023/2831 DE LA COMISIÓN
DE 13 DE DICIEMBRE DE 2023, RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 107 Y 108 DEL TRATADO DE
FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA A LAS AYUDAS DE MINIMIS.