Disposiciones generales. . (2025/131-5)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan para el ejercicio 2025, las ayudas previstas en la Orden de 10 de junio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio cultural de carácter religioso en Andalucía.
61 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9771/9
podrá realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la
compensación y el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los
medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección
electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/
areas/tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Decimoctavo. Tramitación de urgencia.
De conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda
de oficio la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de
estas subvenciones, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Se aplica a este procedimiento la tramitación de urgencia por la presencia de razones
de interés público, ya que la financiación de la actividad subvencionada se ejecuta con
cargo a créditos del autofinanciado correspondientes al ejercicio presupuestario de
2025, siendo por tanto necesario que el procedimiento de resolución de concesión de la
subvención se desarrolle dentro de los plazos que se establezcan para la ejecución de
las distintas fases presupuestarias.
Decimonoveno. Efectos.
La presente resolución, surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
00323370
Sevilla, 7 de julio de 2025.- La Secretaria General, María del Mar Sánchez Estrella.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Jueves, 10 de julio de 2025
página 9771/9
podrá realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la
compensación y el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los
medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección
electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/
areas/tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Decimoctavo. Tramitación de urgencia.
De conformidad con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda
de oficio la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de
estas subvenciones, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el
procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
Se aplica a este procedimiento la tramitación de urgencia por la presencia de razones
de interés público, ya que la financiación de la actividad subvencionada se ejecuta con
cargo a créditos del autofinanciado correspondientes al ejercicio presupuestario de
2025, siendo por tanto necesario que el procedimiento de resolución de concesión de la
subvención se desarrolle dentro de los plazos que se establezcan para la ejecución de
las distintas fases presupuestarias.
Decimonoveno. Efectos.
La presente resolución, surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
00323370
Sevilla, 7 de julio de 2025.- La Secretaria General, María del Mar Sánchez Estrella.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja