Disposiciones generales. . (2025/130-1)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9540/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 8 de noviembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 214, la Orden 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades
de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
y a personas trabajadoras ocupadas. Con fecha 16 de enero de 2024, se publica en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de
3 de noviembre de 2023.
De conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera de la Orden 3 de
noviembre de 2023, se delega en la persona titular de la Dirección General competente
en Formación Profesional para el Empleo, la competencia para efectuar la convocatoria
de las subvenciones, mediante resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía y en la que se concretará, al menos, la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y, en su caso, dejar sin efecto las convocatorias
que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender o no realizar
las convocatorias futuras, en los términos establecidos en la correspondiente Ley de
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La oferta formativa que se desarrolla en el ámbito de gestión de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, comprende la oferta vinculada a especialidades
del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, denominada
«oferta de formación en el trabajo», y la referida a la formación de Grados A, B y C del
Sistema de Formación Profesional, denominada «ofertas de formación profesional para
personas trabajadoras».
La oferta de formación en el trabajo se regirá por lo establecido en la Ley 3/2023,
de 28 de febrero, de Empleo, el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se
desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los
servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, la Ley
30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional
para el empleo en el ámbito laboral, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que
se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, la Orden TMS/368/2019, de
28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el
que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema
de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta
formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su
financiación, la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo
de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el
empleo en el ámbito laboral, y el resto de normativa que sea de aplicación.
Por su parte, la oferta de formación profesional para personas trabajadoras, se
regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e
integración de la Formación Profesional, en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323139
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión
de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional
para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas
trabajadoras ocupadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9540/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Con fecha 8 de noviembre de 2023, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 214, la Orden 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades
de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
y a personas trabajadoras ocupadas. Con fecha 16 de enero de 2024, se publica en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 11, corrección de errores de la Orden de
3 de noviembre de 2023.
De conformidad con lo previsto en la disposición adicional primera de la Orden 3 de
noviembre de 2023, se delega en la persona titular de la Dirección General competente
en Formación Profesional para el Empleo, la competencia para efectuar la convocatoria
de las subvenciones, mediante resolución, que será publicada en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía y en la que se concretará, al menos, la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y, en su caso, dejar sin efecto las convocatorias
que no hayan sido objeto de resolución de concesión, así como suspender o no realizar
las convocatorias futuras, en los términos establecidos en la correspondiente Ley de
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La oferta formativa que se desarrolla en el ámbito de gestión de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, comprende la oferta vinculada a especialidades
del Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo, denominada
«oferta de formación en el trabajo», y la referida a la formación de Grados A, B y C del
Sistema de Formación Profesional, denominada «ofertas de formación profesional para
personas trabajadoras».
La oferta de formación en el trabajo se regirá por lo establecido en la Ley 3/2023,
de 28 de febrero, de Empleo, el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se
desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los
servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, la Ley
30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional
para el empleo en el ámbito laboral, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que
se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, la Orden TMS/368/2019, de
28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el
que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema
de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta
formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su
financiación, la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el Catálogo
de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el
empleo en el ámbito laboral, y el resto de normativa que sea de aplicación.
Por su parte, la oferta de formación profesional para personas trabajadoras, se
regirá por lo establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e
integración de la Formación Profesional, en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00323139
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión
de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a la financiación de la oferta formativa de Formación Profesional
para el Empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas
trabajadoras ocupadas.