Disposiciones generales. . (2025/130-2)
Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2025 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y personas trabajadoras ocupadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9538/3

Sexto. Cuantía y Financiación.
1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas
en esta convocatoria son los contenidos en la partida presupuestaria y por el importe que
se detalla en el resuelve primero y con la distribución consignada en el apartado octavo
siguiente.
2. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de la presente
convocatoria provienen en su totalidad de fondos de la Administración General del
Estado.
3. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito
adecuado y suficiente en el momento de las resoluciones de concesión.
4. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 20 de diciembre
2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia competitiva (en adelante bases reguladoras tipo) y conforme a lo previsto
en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, en el supuesto de eventuales aumentos
sobrevenidos en el crédito disponible, el órgano competente para resolver podrá dictar
resoluciones complementarias de concesión de subvenciones que incluyan solicitudes
de entidades que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por
agotamiento del mismo.
5. De conformidad con el artículo 9.3, párrafo cuarto, de la Orden de 6 de abril
de 2018, no se considera un aumento de la cuantía máxima del crédito aprobado de
la convocatoria, los eventuales incrementos sobrevenidos en el crédito disponible de
la misma, como consecuencia de la renuncia de personas beneficiarias, la revocación
de resoluciones de concesión, o sobrantes del crédito estimado por menor número
de solicitudes presentadas en alguno de los ámbitos territoriales y/o funcionales, que
posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención.
6. El porcentaje máximo de la subvención a solicitar será del 100% de la cuantía de la
actividad formativa.
7. A efectos de gestión, la cuantía total máxima de la subvención (67.142.857,20
euros), se distribuye por cada línea subvencionable. A su vez, dentro de cada línea, el
reparto tiene un carácter estimativo por provincias, en función del porcentaje de personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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a) Las Líneas 1, 2 y 3 irán dirigidas preferentemente a personas trabajadoras
desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, ya sea como demandantes
de empleo o de servicios previos al empleo. También podrán participar las personas
trabajadoras ocupadas, cuyo centro de trabajo esté ubicado en Andalucía, en un
porcentaje máximo del 30% por cada acción formativa y siempre que no haya
inscripciones de personas participantes desempleadas que cumplan los requisitos de
acceso.
b) En la Línea 3 podrán participar personas desempleadas mayores de 18 años. Se
podrán admitir personas menores de 18 y mayores de 16, siempre que no consten como
personas matriculadas en el sistema educativo, extremo que será contrastado por el
órgano gestor.
c) La Línea 4 irá dirigida preferentemente a personas trabajadoras ocupadas, cuyo
centro de trabajo deberá estar ubicado en Andalucía. Igualmente, podrán participar las
personas trabajadoras desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, ya
sea como demandantes de empleo o de servicios previos al empleo. Dicha participación
será como máximo del 30% por cada acción formativa y tendrá lugar siempre que no
haya inscripciones de personas solicitantes ocupadas que cumplan los requisitos de
acceso.