Disposiciones generales. . (2025/130-5)
Corrección de errores de la Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9665/2
00323263
Debe decir:
«1. Las personas y entidades interesadas deberán realizar la solicitud de concesión
de los incentivos, utilizando el Anexo I y IA para el caso de agrupaciones empresariales
sin personalidad jurídica, dirigida a la persona titular de la Secretaría General de Industria
y Minas, cumplimentándose electrónicamente y presentándose obligatoriamente en la
siguiente dirección –sin que sea posible, por tanto, la Presentación Electrónica General–:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml
Ello, conforme establece el artículo 16.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 83
a 84 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
así como el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.»
Todo ello, a la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por Decreto
del Presidente 6/2004 de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto
171/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas,
donde se atribuyen a la Secretaría General de industria y Minas las competencias en la
gestión de incentivos para la transición justa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 9 de julio de 2025
página 9665/2
00323263
Debe decir:
«1. Las personas y entidades interesadas deberán realizar la solicitud de concesión
de los incentivos, utilizando el Anexo I y IA para el caso de agrupaciones empresariales
sin personalidad jurídica, dirigida a la persona titular de la Secretaría General de Industria
y Minas, cumplimentándose electrónicamente y presentándose obligatoriamente en la
siguiente dirección –sin que sea posible, por tanto, la Presentación Electrónica General–:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml
Ello, conforme establece el artículo 16.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 83
a 84 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
así como el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.»
Todo ello, a la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por Decreto
del Presidente 6/2004 de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto
171/2024, de 26 de agosto, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas,
donde se atribuyen a la Secretaría General de industria y Minas las competencias en la
gestión de incentivos para la transición justa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja