3. Otras disposiciones. . (2025/128-25)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada (Sevilla), y de las demás normas urbanísticas del citado Plan.
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SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

CAPÍTULO V. Espacios libres y zonas verdes.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Artículo 77. Régimen de usos sobre la Zona Espacios libres y zonas verdes.

BOJA

1. Ámbito: Comprende las parcelas marcadas en la documentación gráfica como ZV.
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025
De acuerdo con la tabla nº8 se distingue entre las zonas verdes computables, puesto que cumplen las
47
dimensiones que establece la legislación de referencia para jardines, esto es, tener al menos 1.000 m2 de
superficie,
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y la posibilidad de inscribir una circunferencia de Ø 30 m, y zonas verdes no computables, que deben considerarse
igualmente áreas libres, pero no computables por no atender a los requisitos dimensionales indicados. La dotación
prevista supera el mínimo del 10 % de la superficie del ámbito que establece la legislación vigente.48

2. El2.
único
uso pormenorizado
permitido para
estos ámbitos
el Espacios
Libres
Verdes,Libres
no
El único
uso pormenorizado
permitido
para es
estos
ámbitos
es yelZonas
Espacios
y
estableciéndose
categorías
uso dentro de este uso
pormenorizado.
El resto
de usos,
en todas
categorías,
Zonas Verdes,
nodeestableciéndose
categorías
de uso
dentro
de este
usosus
pormenorizado.
estarán
los relativos
a Telecomunicaciones
y Otras
Infraestructuras,
los cuales
justificadamente,
Elprohibidos,
resto desalvo
usos,
en todas
sus categorías,
estarán
prohibidos,
salvo
los relativos a
tendrán el carácter de uso compatible.

Telecomunicaciones y Otras Infraestructuras, los cuales justificadamente, tendrán el

carácter
de uso
compatible.
Artículo
78. Funciones
y configuración
de la Zona Espacios libres y zonas verdes.

1. Se Artículo
confiere a estas
zonas las siguientes
funciones:
78. Funciones
y configuración
de la Zona Espacios libres y zonas verdes.
a. Configurar
los espacios
representativos
de imagen sobre
las áreas de descanso o zonas lúdicas, de
1. Se confiere
a estas
zonas lasy siguientes
funciones:
escasa utilización en un área logística, de ahí su ubicación preferente en las zonas perimetrales.
a) Configurar los espacios representativos y de imagen sobre las áreas de descanso
b. Servir de espacios de transición hacia las grandes infraestructuras de comunicaciones que delimitan el
o
zonas
lúdicas, de escasa utilización en un área logística, de ahí su ubicación preferente
ámbito que se ordena.
enc. las
zonas
perimetrales.
Integrar las reservas
para el nuevo trazado de la vía pecuaria y del arroyo Cimbreño incrementando la
calidad paisajística
del conjunto.
b) Servir
de espacios de transición hacia las grandes infraestructuras de
d. Establecer pantallas
paraelreducir
el grado
de visibilidad
comunicaciones
quevegetales
delimitan
ámbito
que se
ordena. del espacio logístico, mejorando la
calidad visual
extrínseca
del mismo.
c) intrínseca
Integrar ylas
reservas
para el nuevo trazado de la vía pecuaria y del arroyo Cimbreño

incrementando
la calidad
paisajística
del conjunto.arbórea de medio y gran porte para aumentar
2. La vegetación a emplear
debe ser
autóctona y principalmente
d)
Establecer
pantallas
vegetales
reducir el grado de visibilidad del espacio
la ocultación e integración de los elementos constructivos para
de la actuación.
logístico, mejorando la calidad visual intrínseca y extrínseca del mismo.
2. La vegetación a emplear debe ser autóctona y principalmente arbórea de medio y gran
porte para aumentar la ocultación e integración de los elementos constructivos de la actuación.
47 Anexo del
Real
Decreto 2159/1978,
de 23
junio, por elde
quelas
se establece
el Reglamento
del Planeamiento
Urbanístico.
Se
recomienda
que
ladeelección
especies
vegetales
tenga como
objetivo colaborar
48 Art. 16.3 de la Ley 5/2001.
en la recuperación de las formaciones vegetales potenciales utilizando de este modo
especies autóctonas de alto potencial ecológico y mínimas exigencias de mantenimiento.
3. En los espacios libres se mantendrá una primacía de las zonas forestadas sobre la
acondicionada mediante urbanización y se diseñarán teniendo en cuenta el carácter del
área en que se localizan, respetando en su trazado los rasgos de interés urbanístico o
cultural de su soporte territorial y considerando la función urbana que deben cumplir.
Artículo 79. Condiciones particulares para el equipamiento de la Zona Espacios libres y
zonas verdes.
1. Las parcelas que integran esta zona no serán edificables, si bien motivadamente
se admitirá la implantación de elementos relacionados con las infraestructuras
telecomunicaciones y otras infraestructuras.
2. Las parcelas que integran esta zona no podrán ser objeto de parcelación.
CAPÍTULO VI
Artículo 80. Régimen de usos sobre la Zona Viario.
1. Ámbito: Comprende las zonas destinadas a viario, acerados y aparcamientos
anejos a los que podemos ver en la documentación gráfica.
2. El único uso pormenorizado permitido para estos ámbitos es el Viario, en sus dos
categorías, Viario estructurante y Viario complementario. El resto de usos, y todas sus
categorías, estarán prohibidos.
3. La configuración de la sección transversal del Viario estructurante es la siguiente:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Viario