3. Otras disposiciones. . (2025/128-25)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se dispone la publicación de la aprobación definitiva del Plan Especial de Ordenación del Área Logística de Majarabique, en los términos municipales de Sevilla y La Rinconada (Sevilla), y de las demás normas urbanísticas del citado Plan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Lunes, 7 de julio de 2025

página 9388/20

Artículo 14. Gestión.
1. La iniciativa para la promoción de las actuaciones programadas por el Plan Especial
corresponderá, con carácter exclusivo, a la Consejería con competencias en materia
de transportes de la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Pública de Puertos de
Andalucía (en lo sucesivo, APPA).
CAPÍTULO II
Ejecución del Plan Especial

Artículo 16. Proyectos de obras de urbanización.
1. La ejecución material de las obras de urbanización se realizará a través del
correspondiente Proyecto de Obras de Urbanización de cada Unidad de Ejecución, con
arreglo a lo establecido en la legislación urbanística.11
2. De forma justificada, y sin disminuir el ancho total entre las alineaciones exteriores,
los Proyectos de Obras de Urbanización podrán variar la distribución de espacios de la
sección transversal de los viales (calzadas, aceras peatonales, aparcamientos, medianas,
zonas ajardinadas, etc.), considerando una anchura mínima de 6,00 m para las calzadas
y un mínimo de 2,00 m para el acerado en los viales que dispongan de ello.
3. Asimismo, también podrán ajustar y adaptar el viario, completando la definición
realizada en el Plan Especial, como consecuencia de los replanteos, de la adaptación a
la topografía resultante o a la definición de las intersecciones.
Todas estas modificaciones y reajustes en la superficie de las parcelas que sea
preciso realizar con motivo de la ejecución material de las obras, serán objeto de un
Expediente de Normalización de Fincas apoyado en la geometría definitiva de las
parcelas que recoja la documentación final de obras.
4. Los Proyectos de Obras de Urbanización incorporarán soluciones encaminadas
a reducir el consumo de agua y energía, que deberán especificarse en un apartado
concreto de los mismos. En este sentido:
a) Se evitará la contaminación de las aguas subterráneas y se minimizará el impacto
sobre su recarga natural mediante la incorporación de pavimentos drenantes y áreas libres.
b) Las zonas verdes y glorietas dispondrán de aspersores automáticos de diverso
alcance, mientras que las alineaciones de viario y la vegetación dispuesta en las
medianas tendrán goteros autocompensantes. Ambos sistemas se sectorizarán mediante
la disposición de electroválvulas conectadas a programadores telegestionados para
optimizar el consumo de agua.
c) A fin de mejorar la eficacia energética se emplearán sistemas de alumbrado
público con alimentación mediante placas fotovoltaicas, lámparas con tecnología LED y
dispositivos telegestionados para el encendido y apagado.
5. El desarrollo de la Red General de Distribución Interior de gas reflejada en
planimetría se deberá recoger en el proyecto de urbanización teniendo en cuenta los
criterios técnicoeconómicos establecidos en la legislación vigente. Las obras para
ejecutar los desplazamientos proyectados en las instalaciones de gas pertenecientes
a Nedgia Andalucía, S.A., deberán ser solicitados por el adjudicatario de las obras,
suscribiendo para ello un convenio con la empresa.
11

Arts. 98 y 99 de la LOUA.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322986

Artículo 15. Instrumentos de ejecución de las obras e instalaciones.
1. Se distinguen los siguientes instrumentos:
a) Proyecto de obras de urbanización.
b) Proyectos de obras públicas ordinarias.
c) Proyectos de obras de edificación.