Disposiciones generales. . (2025/120-1)
Orden de 18 de junio de 2025, por la que se modifica la Orden de 8 de enero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a entidades locales andaluzas en riesgo de exclusión financiera, para sufragar los gastos de instalación y de funcionamiento de cajeros automáticos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Miércoles, 25 de junio de 2025
página 8945/5

solicitudes a partir de su entrada en vigor al amparo de convocatoria efectuada mediante
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Empresarial
para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE), en los términos previstos en
la misma.
2. Las entidades que a la fecha de entrada en vigor de esta Orden sean beneficiarias
de estas subvenciones por haber presentado sus solicitudes al amparo de la
convocatoria a que se refiere el apartado 1 podrán solicitar el 50% adicional de los gastos
subvencionables desde el día siguiente al de la publicación de esta orden.
3. Los procedimientos correspondientes a solicitudes presentadas al amparo
de la convocatoria a que se refiere el apartado 1, que a la fecha de entrada en vigor
de la presente orden no se hubiesen resuelto, se finalizarán conforme a la regulación
anterior. Las entidades que hayan presentado las solicitudes correspondientes a estos
procedimientos no finalizados podrán presentar nuevas solicitudes desde el día siguiente
al de la publicación de esta orden. Estas nuevas solicitudes se realizarán por el 50%
adicional de los gastos subvencionables.
4. Las solicitudes presentadas conforme a los apartados anteriores concurrirán
conjuntamente, y su tramitación y resolución se realizará siguiendo el orden correlativo
de entrada en el registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía.
5. No será necesaria la aportación de la documentación a que se refiere el apartado 14
de las bases reguladoras junto a las solicitudes recogidas en los apartados 2 y 3. Estas
nuevas solicitudes se tramitarán y resolverán conforme a la nueva redacción de las bases
reguladoras y de acuerdo con la convocatoria realizada mediante la Resolución de 14 de
enero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Empresarial para la Transformación
y el Desarrollo Económico (TRADE), con las únicas especialidades previstas en esta
disposición transitoria.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de junio de 2025
CAROLINA ESPAÑA REINA

00322544

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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