4. Administración de justicia. . (2025/119-50)
Edicto de 11 de junio de 2025, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, sede en Granada, Sala Especial del art. 86.3 de la LJCA. Recurso de Casación Autonómica 74/2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8810/2

la suspensión acordada por dicha resolución, sin que, por tanto, proceda determinar la
fecha de los efectos económicos de dichas solicitudes.”
En consecuencia, procede estimar el recurso de casación, revocar la Sentencia de
27 de mayo de 2019 dictada en el recurso de apelación núm. 527/2018 por la Sección
Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, sede de Sevilla, y confirmar la del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
núm. 3 de Sevilla de 23 de marzo de 2018 que confirmaba la actuación administrativa
impugnada al desestimar el recurso interpuesto frente a la misma.»
(...)
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Se estima el recurso de casación autonómico número 74/2019, seguido a instancia
del Servicio Andaluz de Salud, contra la Sentencia de fecha 27 de mayo de 2019,
dictada en el recurso de apelación núm. 527/2018 por la Sección Primera de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de
Sevilla, que casamos y anulamos, confirmando la sentencia de primera instancia que
desestimó el recurso contencioso-administrativo y confirmó la legalidad de la actuación
administrativa impugnada.
La cuestión de interés casacional planteada queda resuelta en el sentido expuesto en
el fundamento jurídico quinto.
No se imponen las costas procesales, por lo que cada parte abonará las costas
causadas a su instancia y las comunes por mitad. Se mantiene el pronunciamiento de la
sentencia de instancia respecto a las generadas en ella.
Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y remítase testimonio de la
misma junto con los autos originales recibidos y el expediente administrativo a la Sección
Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Sevilla.
Procédase a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la
página web de este Tribunal Superior de Justicia.
Así por esta nuestra sentencia, que se notificará a las partes haciéndoles saber que
contra la misma no cabe recurso alguno, con las demás prevenciones del artículo 248.4
de la Ley Orgánica del Poder Judicial definitivamente juzgando lo pronunciamos,
mandamos y firmamos.»
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
Granada, 11 de junio de 2025.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Dolores
Fernández García.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

00322410

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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