3. Otras disposiciones. . (2025/117-15)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se da publicidad al Protocolo General del Servicio de Centro Crisis 24 horas a mujeres víctimas de Violencia Sexual en Andalucía.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 117 - Viernes, 20 de junio de 2025
página 8763/2

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal establece en su
artículo artículo 178.2 que «se consideran en todo caso agresión sexual los actos de
contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una
situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten
sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare
y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad».
De conformidad con lo recogido en el artículo 3.1 de Ley Orgánica 10/2022, de 6 de
septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, se entiende por violencia sexual
«cualquier acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el libre desarrollo
de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado, incluyendo el ámbito digital». Se
considera incluido en el ámbito de aplicación, a efectos estadísticos y de reparación, el
feminicidio sexual, entendido como «homicidio o asesinato de mujeres y niñas vinculado
a conductas definidas en el siguiente párrafo como violencias sexuales». En todo caso se
consideran violencias sexuales los delitos previstos en el Título VIII del Libro II de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, la mutilación genital femenina,
el matrimonio forzado, el acoso con connotación sexual y la trata con fines de explotación
sexual. Se prestará especial atención a las violencias sexuales cometidas en el ámbito
digital, lo que comprende la difusión de actos de violencia sexual, la pornografía no
consentida y la infantil en todo caso, y la extorsión sexual a través de medios tecnológicos.
A tenor del artículo 35.1 de la Ley Orgánica 10/2022, para la asistencia integral
especializada ante la violencia sexual se crearon los Centros de Crisis 24 Horas
entendidos como «servicios que brindan atención psicológica, jurídica y social. Bajo
criterios de atención permanente y actuación urgente, proveerán apoyo y asistencia en
situaciones de crisis para víctimas, familiares y personas del entorno. Estos centros
incluyen el acompañamiento y la información telefónica y presencial las 24 horas del día
todos los días del año».
Nuestra comunidad autónoma andaluza cuenta con 8 Centros de Crisis, uno en cada una
de las provincias andaluzas para la atención de la violencia sexual. Desarrollan su actuación
todos los días del año durante las 24 horas a las mujeres que hayan sufrido violencia sexual,
recientemente o en el pasado, de manera presencial, telemática o telefónica.

3. Descripción del servicio.
El Servicio de Centro de Crisis 24 Horas a las Mujeres Víctimas de Violencia Sexual en
Andalucía presta atención a aquellas mujeres que hayan sufrido alguna forma de violencia
sexual y que se encuentren en territorio andaluz en el momento de acceso al mismo. Se
trata de un recurso público y gratuito de atención permanente, telefónica, telemática y
presencial a las mujeres que han sufrido violencia sexual, recientemente o en el pasado.
La finalidad del Servicio es prestar un apoyo y asesoramiento especializado, que facilite
el tránsito de las mujeres por los diferentes escenarios y recursos; minimizando la
victimización secundaria, amortiguando en la medida de lo posible el impacto emocional
y previniendo la aparición de secuelas psicológicas a largo plazo.
El Servicio se encuentra activo las 24 horas del día, los siete días de la semana,
incluidos fines de semana y festivos; prestando, en función de las necesidades presentes
en cada caso, los siguientes niveles de intervención o modalidades de atención:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322362

2. Identificación del servicio.
Denominación.
Servicio de Centro de Crisis 24 Horas a las Mujeres Víctimas de Violencia Sexual en
Andalucía.
Titularidad.
Instituto Andaluz de la Mujer. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e
Igualdad. Junta de Andalucía.
Ámbito de actuación Autonómico.