3. Otras disposiciones. . (2025/116-42)
Resolución de 16 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las disposiciones sobre simplificación administrativa de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8697/19

5.2.2. Subobjetivo nº 2.2: ¿Se ha realizado un uso óptimo en términos monetarios y de
repercusión en los usuarios?
74

Los órganos responsables de la planificación estratégica (§44) y del sistema de coordinación y
seguimiento de las disposiciones sobre simplificación administrativa (§50) han aportado
información sobre los resultados alcanzados. Sin embargo, estos resultados no representan una
evaluación del impacto de las disposiciones sobre simplificación administrativa. (§A.132)
Concretamente, no se han aportado datos de volumetría, resultados e impactos estimados y/o
alcanzados por las medidas de simplificación administrativas contenidas en los decretos de
simplificación objeto de alcance. (§A.133, A.134)

75

Por lo que se refiere al grado de satisfacción de los usuarios de las disposiciones sobre
simplificación administrativa, no hay constancia de la elaboración de encuestas y de la obtención
y tratamiento de datos relacionados con las quejas, reclamaciones y satisfacción de las partes
interesadas en los procedimientos administrativos que han sido simplificados. La ciudadanía, los
usuarios y los empleados públicos son las partes afectadas por los procedimientos y cargas
administrativas. (§A.135)

76

Los posibles ahorros en términos monetarios, conseguidos con la implantación de las
disposiciones sobre simplificación administrativa, no han sido cuantificados. En algún caso
concreto los preámbulos de los decretos de simplificación arrojan cifras estimativas del impacto
de las medidas, pero no hay estudios de los resultados alcanzados que permitan contrastarlos
con las estimaciones realizadas. (§ epígrafe 7.3.2.3.)

77

Los decretos de simplificación, tras los numerosos cambios, presentan un cuerpo regulatorio
que, a falta de evaluaciones de resultados tangibles, no favorecen la aplicación de la
simplificación administrativa en el sentido literal de este término: hacer más sencilla, más fácil y
menos complicada la actuación de las administraciones públicas. (§42, 74 a 76)

6. RECOMENDACIONES
78

La Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda la adopción de las medidas expuestas en este
epígrafe, orientadas a la mejora de la gestión de los fondos públicos. La implantación de estas
recomendaciones podrá ser objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan
como objetivo el seguimiento específico de este informe, las recomendaciones por materias
(eficacia, eficiencia y economía; programas presupuestarios; etc.) o cualquier otro asunto
relacionado con el mismo.

00322296

En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de recomendaciones”, elaborada por la
Cámara de Cuentas de Andalucía, se debe consignar una prioridad alta o media a cada
recomendación, teniendo en cuenta si se trata de una debilidad material o una deficiencia
significativa. En el caso de una prioridad alta, se requiere atención urgente de la dirección para
implantar controles / procedimientos que mitiguen los riesgos identificados en forma de
conclusiones. Para una prioridad media, la dirección deberá establecer un plan de acción concreto
para resolver la deficiencia observada en un plazo razonable.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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