Autoridades y personal. . (2025/116-28)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2025/2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8553/15
Decimotercera. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo
previstos para el curso académico 2025/2026 en las correspondientes plantillas
presupuestarias de los Conservatorios Superiores de Música y Danza que no se hallen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322152
el personal participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de
febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el
ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de conformidad con
lo establecido en la base undécima de la referida orden.
A tal efecto, el referido personal opositor deberá cumplimentar su solicitud para la
adjudicación de destino provisional para el curso 2025/2026 a través del Anexo IV, que se
facilitará en la página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, conforme a las instrucciones que acompañan al mismo. En la mencionada
solicitud deberán consignarse puestos de trabajo únicamente de la especialidad de
ingreso en cualquier Conservatorio Superior de Música o de Danza de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, por orden de preferencia, para obtener vacante en caso de
resultar seleccionado en el referido procedimiento selectivo.
De conformidad con lo establecido en la base segunda, en el supuesto de participar
en este procedimiento por más de un colectivo , deberá cumplimentarse una solicitud
por cada colectivo por el que se participe. En particular, el personal funcionario interino
participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de
2025 deberá cumplimentar una solicitud, tal y como establece la base décima (Personal
funcionario interino), para el supuesto en el que no supere el referido procedimiento
selectivo, además de cumplimientar el Anexo IV como personal opositor participante en
el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de 2025.
Las bases del procedimiento para la adjudicación de destino provisional para
el curso 2025/2026, en el caso de las personas seleccionadas en el procedimiento
selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de 2025, con carácter general, serán
las establecidas en la presente resolución y, en particular, en la base octava (Personal
funcionario en prácticas).
Al personal regulado en esta base que no presente solicitud para la adjudicación de
destino provisional a través del Anexo IV, en caso de resultar seleccionado en el referido
procedimiento selectivo, la Administración le asignará de oficio destino provisional en la
especialidad por la que haya superado dicho procedimiento.
2. El personal que haya manifestado, en la solicitud de participación en el
procedimiento convocado por Orden de 21 de febrero de 2025, su voluntad de formar
parte de las bolsas de trabajo deberá solicitar obligatoriamente al menos una provincia
de Andalucía para sustituciones. De no consignarse provincia alguna para sustituciones,
la Administración incluirá de oficio la primera provincia consignada para vacantes.
Asimismo, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional séptima del Decreto
302/2010, de 1 de junio, quien acredite una discapacidad igual o superior al treinta y tres
por ciento, estará exento de lo establecido en los artículos 15.2 y 15.3 de la Orden de 10
de junio de 2020. Para ello deberá marcar en el correspondiente apartado del Anexo IV la
petición de eliminación de las provincias consignadas, participando en la adjudicación de
destinos provisionales exclusivamente con las peticiones de centros que haya solicitado.
El personal que haya participado por el turno de discapacidad y pase a formar parte
de las bolsas de trabajo será ordenado teniendo en consideración lo establecido en el
apartado 1 del artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la
Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
El personal que pase a formar parte de las bolsas de trabajo estará obligado a solicitar
en los procedimientos de cobertura de sustituciones y vacantes sobrevenidas a los que
sea convocado, por orden de preferencia, todas las plazas obligatorias que correspondan
a la provincia o provincias consignadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Jueves, 19 de junio de 2025
página 8553/15
Decimotercera. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo
previstos para el curso académico 2025/2026 en las correspondientes plantillas
presupuestarias de los Conservatorios Superiores de Música y Danza que no se hallen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322152
el personal participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de
febrero de 2025, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el
ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de conformidad con
lo establecido en la base undécima de la referida orden.
A tal efecto, el referido personal opositor deberá cumplimentar su solicitud para la
adjudicación de destino provisional para el curso 2025/2026 a través del Anexo IV, que se
facilitará en la página electrónica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, conforme a las instrucciones que acompañan al mismo. En la mencionada
solicitud deberán consignarse puestos de trabajo únicamente de la especialidad de
ingreso en cualquier Conservatorio Superior de Música o de Danza de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, por orden de preferencia, para obtener vacante en caso de
resultar seleccionado en el referido procedimiento selectivo.
De conformidad con lo establecido en la base segunda, en el supuesto de participar
en este procedimiento por más de un colectivo , deberá cumplimentarse una solicitud
por cada colectivo por el que se participe. En particular, el personal funcionario interino
participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de
2025 deberá cumplimentar una solicitud, tal y como establece la base décima (Personal
funcionario interino), para el supuesto en el que no supere el referido procedimiento
selectivo, además de cumplimientar el Anexo IV como personal opositor participante en
el procedimiento selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de 2025.
Las bases del procedimiento para la adjudicación de destino provisional para
el curso 2025/2026, en el caso de las personas seleccionadas en el procedimiento
selectivo convocado por Orden de 21 de febrero de 2025, con carácter general, serán
las establecidas en la presente resolución y, en particular, en la base octava (Personal
funcionario en prácticas).
Al personal regulado en esta base que no presente solicitud para la adjudicación de
destino provisional a través del Anexo IV, en caso de resultar seleccionado en el referido
procedimiento selectivo, la Administración le asignará de oficio destino provisional en la
especialidad por la que haya superado dicho procedimiento.
2. El personal que haya manifestado, en la solicitud de participación en el
procedimiento convocado por Orden de 21 de febrero de 2025, su voluntad de formar
parte de las bolsas de trabajo deberá solicitar obligatoriamente al menos una provincia
de Andalucía para sustituciones. De no consignarse provincia alguna para sustituciones,
la Administración incluirá de oficio la primera provincia consignada para vacantes.
Asimismo, en aplicación de lo establecido en la disposición adicional séptima del Decreto
302/2010, de 1 de junio, quien acredite una discapacidad igual o superior al treinta y tres
por ciento, estará exento de lo establecido en los artículos 15.2 y 15.3 de la Orden de 10
de junio de 2020. Para ello deberá marcar en el correspondiente apartado del Anexo IV la
petición de eliminación de las provincias consignadas, participando en la adjudicación de
destinos provisionales exclusivamente con las peticiones de centros que haya solicitado.
El personal que haya participado por el turno de discapacidad y pase a formar parte
de las bolsas de trabajo será ordenado teniendo en consideración lo establecido en el
apartado 1 del artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la
Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
El personal que pase a formar parte de las bolsas de trabajo estará obligado a solicitar
en los procedimientos de cobertura de sustituciones y vacantes sobrevenidas a los que
sea convocado, por orden de preferencia, todas las plazas obligatorias que correspondan
a la provincia o provincias consignadas.