Autoridades y personal. . (2025/113-42)
Resolución de 11 de junio de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Básica de Servicios Generales, por el sistema de promoción interna.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8463/2
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública establecidos en el
artículo 56 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en
particular deberán:
a) Ser personal funcionario con destino definitivo en la Universidad de Granada, que
se encuentren en cualquier situación administrativa excepto suspensión de funciones,
pertenecer a la Escala Auxiliar de Servicios Generales o a cuerpos y escalas de otra
Administración de dicha especialidad del Grupo C, Subgrupo C2, según la equivalencia
establecida en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y ser titular de un puesto de los entornos
profesionales Conserjería y servicios generales-Medios Audiovisuales, Distribución
y Almacén, Residencias y Colegios Mayores, Unidad Central de Correos y Unidad
Centralizada de Limpieza.
b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el Cuerpo o
Escala desde la que se accede. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas encuadradas en el subgrupo
anteriormente citado serán computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en este proceso selectivo.
c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o equivalente, o cumplir los
requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la
solicitud de admisión.
Según lo previsto en la disposición adicional cuarta del Ley 5/2023, de 7 de junio, de
la Función Pública de Andalucía, se podrá participar sin requisito de titulación si se tiene
una antigüedad de diez años como personal funcionario de carrera en la Escala Auxiliar
de Servicios Generales de la Universidad de Granada o de cinco años y haber superado
el curso específico de formación. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, en cuerpos o escalas del área funcional equivalente a la Escala
Auxiliar de Servicios Generales de la Universidad de Granada, serán computables a
efectos de la antigüedad referida en este apartado.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de la solicitud de admisión y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como personal funcionario de la Escala Básica de Servicios Generales de la
Universidad de Granada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322062
1.3. Al presente proceso selectivo le serán aplicables el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres;
la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, y demás normativa aplicable,
así como lo dispuesto en las presentes bases.
1.4. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.5. La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones que
aparecen en el Anexo II de esta convocatoria, y el programa de materias en que se
basarán los ejercicios será el contenido en el Anexo I de la misma. La fecha y lugar para
la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que no se iniciará antes del 1
de octubre de 2025, se fijará en la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.
1.6. La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la
presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Lunes, 16 de junio de 2025
página 8463/2
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes
deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública establecidos en el
artículo 56 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en
particular deberán:
a) Ser personal funcionario con destino definitivo en la Universidad de Granada, que
se encuentren en cualquier situación administrativa excepto suspensión de funciones,
pertenecer a la Escala Auxiliar de Servicios Generales o a cuerpos y escalas de otra
Administración de dicha especialidad del Grupo C, Subgrupo C2, según la equivalencia
establecida en el apartado 2 de la disposición transitoria tercera del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y ser titular de un puesto de los entornos
profesionales Conserjería y servicios generales-Medios Audiovisuales, Distribución
y Almacén, Residencias y Colegios Mayores, Unidad Central de Correos y Unidad
Centralizada de Limpieza.
b) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el Cuerpo o
Escala desde la que se accede. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, en alguno de los Cuerpos o Escalas encuadradas en el subgrupo
anteriormente citado serán computables a efectos de antigüedad para participar por
promoción interna en este proceso selectivo.
c) Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o equivalente, o cumplir los
requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la
solicitud de admisión.
Según lo previsto en la disposición adicional cuarta del Ley 5/2023, de 7 de junio, de
la Función Pública de Andalucía, se podrá participar sin requisito de titulación si se tiene
una antigüedad de diez años como personal funcionario de carrera en la Escala Auxiliar
de Servicios Generales de la Universidad de Granada o de cinco años y haber superado
el curso específico de formación. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, en cuerpos o escalas del área funcional equivalente a la Escala
Auxiliar de Servicios Generales de la Universidad de Granada, serán computables a
efectos de la antigüedad referida en este apartado.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de la solicitud de admisión y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión como personal funcionario de la Escala Básica de Servicios Generales de la
Universidad de Granada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00322062
1.3. Al presente proceso selectivo le serán aplicables el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre; la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía; la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres;
la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Granada, y demás normativa aplicable,
así como lo dispuesto en las presentes bases.
1.4. El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.5. La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones que
aparecen en el Anexo II de esta convocatoria, y el programa de materias en que se
basarán los ejercicios será el contenido en el Anexo I de la misma. La fecha y lugar para
la realización del primer ejercicio de la fase de oposición, que no se iniciará antes del 1
de octubre de 2025, se fijará en la forma establecida en la base 4.1 de esta convocatoria.
1.6. La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el Anexo II de la
presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.