Disposiciones generales. . (2025/111-4)
Resolución de 29 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2025 el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía.
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Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
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directrices y programas de la política de fomento de la cultura a través del plan estratégico
de subvenciones de la Consejería.
En el artículo 5.4 del referido decreto de estructura orgánica se recoge que a través
de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos se adscribe a la Consejería de
Cultura y Deporte, entre otras, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales es una agencia pública empresarial,
de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2017, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, a la que conforme al artículo 8 de la Ley 4/2023,
de 18 de abril, Andaluza del Flamenco, y al artículo 6.2.a) del Decreto 103/2011, de 19
de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero (BOJA núm. 28, de 10 de
febrero), le corresponde, entre otras, las funciones de investigación, gestión, producción,
fomento, formación y divulgación en materia de flamenco, a cuyo fin se le atribuye
en el artículo 7.1.b) del mismo Decreto la facultad de convocar, tramitar y conceder
subvenciones y ayudas y financiar programas, proyectos y actuaciones.
Asimismo, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, según el artículo 8.2 de la
Ley 4/2023, de 18 de abril, ejercerá sus competencias en materia de flamenco a través de
Instituto Andaluz del Flamenco, que es una unidad administrativa que se inserta dentro
de su estructura organizativa y directiva, sin perjuicio de las funciones estatutariamente
atribuidas a otros órganos de la Agencia.
Con la finalidad de apoyar el tejido asociativo del flamenco procede la Agencia a
tramitar la presente convocatoria de subvenciones, que se articula como actividad de
fomento destinada a incentivar e impulsar a un sector de gran arraigo cultural andaluz, de
modo que se garantice el normal desarrollo de la actividad que se fomenta, así como la
sostenibilidad del sector al que dichas subvenciones van destinadas.
Para el desarrollo de dicha facultad se ha consignado en el Presupuesto de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales los créditos precisos para hacerlas efectivas con
cargo a la aplicación presupuestaria 1951010000 G/45E/48003/00 01.
En aras a lo establecido en el artículo 4.5 del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 282/2010, de 4 de mayo, junto con esta resolución se publican los formularios
adaptados a los formularios tipo aprobados por la Resolución de 22 de diciembre de
2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, para la presentación de
la solicitud (Anexo I), para la presentación de alegaciones, aceptación, reformulación
y presentación de documentación (Anexo II) y para la presentación del presupuesto
detallado y del plan de financiación de la actividad para la que se solicita la subvención
(Anexo III). Asimismo, se pone a disposición de las entidades solicitantes, en la página
web de la Agencia, un Anexo IV: Modelo solicitud gastos vinculados, por si fuera necesaria
la utilización del mismo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 115 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el art. 22 del Reglamento de los Procedimientos
de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en el artículo 15 de la mencionada Orden de
21 de marzo de 2018, procede efectuar la convocatoria del procedimiento de concesión
de subvenciones para la promoción del tejido asociativo del flamenco en Andalucía, de
acuerdo con las atribuciones conferidas, a la persona titular de la Dirección de la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales.
Por tanto, corresponde convocar estas subvenciones en el ejercicio 2025 a la Dirección
de la Agencia, en ejecución de las funciones atribuidas por el artículo 15 de los Estatutos
de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante Decreto 103/2011,
de 19 de abril, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero, en su virtud,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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