3. Otras disposiciones. . (2025/111-35)
Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Huéneja, pertenecientes el primero a la provincia de Almería y el segundo a la de Granada, y se establecen sus datos identificativos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8265/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Huéneja,
pertenecientes el primero a la provincia de Almería y el segundo a la de
Granada, y se establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 26.2.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
Fiñana y de Huéneja, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día
sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Certificado de 27 de marzo de 1897, del Secretario del Ayuntamiento de Fiñana, de
los deslindes de los municipios:
* Fiñana - Huéneja, realizado el 1 de octubre de 1889.
* Fiñana – Dólar, en su enclave de El Raposo, realizado el 2 de octubre de 1889.
- Acta de 13 y 14 de mayo de 1898 sobre la operación practicada de señalar los
mojones comunes a los municipios de Fiñana y de Huéneja; y su Acta adicional de fecha
15 de abril de 1930.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite entre Fiñana - Huéneja se halla conformada por un total de 10 puntos
de amojonamiento.
El mojón cuatrigémino inicial PA1 es común a los municipios de Fiñana, de Huéneja,
de Laujar de Andarax y de Paterna del Río.
El mojón trigémino final PA10 es común a los municipios de Fiñana, de Huéneja y de
Dólar, en su enclave de El Raposo.
A la operación de determinación los mojones de la línea Fiñana-Huéneja realizada
los días 13 y 14 de mayo de 1898, asistieron los comisionados de Fiñana otorgando
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321864
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó resolución por la que se acuerda el inicio de
actuaciones de demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Huéneja, pertenecientes
el primero a la provincia de Almería y el segundo a la de Granada.
En virtud del mismo precepto, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a los
municipios afectados, así como a las Diputaciones Provinciales de Almería y de Granada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Jueves, 12 de junio de 2025
página 8265/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 19 de mayo de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Huéneja,
pertenecientes el primero a la provincia de Almería y el segundo a la de
Granada, y se establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 26.2.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de
Fiñana y de Huéneja, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día
sobre la realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se han empleado como documentos jurídicos
básicos acreditativos de la delimitación:
- Certificado de 27 de marzo de 1897, del Secretario del Ayuntamiento de Fiñana, de
los deslindes de los municipios:
* Fiñana - Huéneja, realizado el 1 de octubre de 1889.
* Fiñana – Dólar, en su enclave de El Raposo, realizado el 2 de octubre de 1889.
- Acta de 13 y 14 de mayo de 1898 sobre la operación practicada de señalar los
mojones comunes a los municipios de Fiñana y de Huéneja; y su Acta adicional de fecha
15 de abril de 1930.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite entre Fiñana - Huéneja se halla conformada por un total de 10 puntos
de amojonamiento.
El mojón cuatrigémino inicial PA1 es común a los municipios de Fiñana, de Huéneja,
de Laujar de Andarax y de Paterna del Río.
El mojón trigémino final PA10 es común a los municipios de Fiñana, de Huéneja y de
Dólar, en su enclave de El Raposo.
A la operación de determinación los mojones de la línea Fiñana-Huéneja realizada
los días 13 y 14 de mayo de 1898, asistieron los comisionados de Fiñana otorgando
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321864
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó resolución por la que se acuerda el inicio de
actuaciones de demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Fiñana y de Huéneja, pertenecientes
el primero a la provincia de Almería y el segundo a la de Granada.
En virtud del mismo precepto, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a los
municipios afectados, así como a las Diputaciones Provinciales de Almería y de Granada.