3. Otras disposiciones. . (2025/110-39)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de la Normativa de la Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada UEs 4-6 y 5, aprobada por Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 6 de noviembre de 2024.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Miércoles, 11 de junio de 2025
página 8194/2
Cuarto. Con fecha 24 de marzo de 2025, la Delegada Territorial en Cádiz de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, resuelve inscribir la Innovación del Plan
General de Ordenación Urbanística de Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada
UEs 4-6 y 5, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.
Quinto. Con fecha 28 de mayo de 2025, el Secretario del Ayuntamiento de Bornos
certifica la inscripción de la Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de
Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada UEs 4-6 y 5 en el Registro Municipal
de Instrumento Urbanísticos.
DISPONGO
Publicar como Anexo I, la normativa de la Innovación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada UEs 4-6 y 5, aprobada
por Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz
de 6 de noviembre de 2024.
Cádiz, 30 de mayo de 2025.- La Delegada, María del Carmen Sánchez Barrera.
2.1. Disposiciones generales.
2.1.1. Justificación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley de Ordenación
Urbanística de Andalucía (de 11 de diciembre de 2002), y en el artículo 61 del Reglamento
de Planeamiento (R.D. 2159/1978 de 23 de junio), se redactan las presentes ordenanzas
reguladoras, sobre la reglamentación del uso de los terrenos.
La Innovación contiene la documentación que exige la Ley de Ordenación Urbanística
de Andalucía, de 11 de diciembre de 2002, y el Reglamento de Planeamiento (R.D.
2159/1978 de 23 de junio). A efectos de estas ordenanzas obligan tales documentos, una
vez hayan sido aprobados mediante el procedimiento que establece la Ley de Ordenación
Urbanística de Andalucía.
2.1.2. Finalidad.
La finalidad de las presentes ordenanzas es la reglamentación de las intervenciones
y uso de los terrenos y de la edificación.
2.1.3. Ámbito.
Las presentes ordenanzas serán de aplicación en el ámbito territorial definido en
la documentación gráfica que corresponde con la presente Innovación y Ordenación
Pormenorizada de las Unidades de Ejecución 4-6 y 5 del PGOU de Bornos.
2.1.4. Licencia de obras.
Serán objeto de licencia municipal los actos de construcción o edificación e instalación
y de uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo a que se refiere el artículo 169 de
la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y correspondientes del Reglamento de
Planeamiento, de acuerdo a los artículos correspondientes del PGOU de Bornos.
2.2. Régimen urbanístico del suelo.
2.2.1. Calificación del suelo
En el plano «P.02. Ordenación» de la Innovación queda definida la calificación del
suelo con expresión detallada de sus usos pormenorizados y que son los siguientes:
- Uso residencial.
- Uso equipamientos.
- Uso espacios libres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321793
ANEXO I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Miércoles, 11 de junio de 2025
página 8194/2
Cuarto. Con fecha 24 de marzo de 2025, la Delegada Territorial en Cádiz de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, resuelve inscribir la Innovación del Plan
General de Ordenación Urbanística de Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada
UEs 4-6 y 5, en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.
Quinto. Con fecha 28 de mayo de 2025, el Secretario del Ayuntamiento de Bornos
certifica la inscripción de la Innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de
Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada UEs 4-6 y 5 en el Registro Municipal
de Instrumento Urbanísticos.
DISPONGO
Publicar como Anexo I, la normativa de la Innovación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Bornos, Modificación y Ordenación Pormenorizada UEs 4-6 y 5, aprobada
por Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz
de 6 de noviembre de 2024.
Cádiz, 30 de mayo de 2025.- La Delegada, María del Carmen Sánchez Barrera.
2.1. Disposiciones generales.
2.1.1. Justificación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley de Ordenación
Urbanística de Andalucía (de 11 de diciembre de 2002), y en el artículo 61 del Reglamento
de Planeamiento (R.D. 2159/1978 de 23 de junio), se redactan las presentes ordenanzas
reguladoras, sobre la reglamentación del uso de los terrenos.
La Innovación contiene la documentación que exige la Ley de Ordenación Urbanística
de Andalucía, de 11 de diciembre de 2002, y el Reglamento de Planeamiento (R.D.
2159/1978 de 23 de junio). A efectos de estas ordenanzas obligan tales documentos, una
vez hayan sido aprobados mediante el procedimiento que establece la Ley de Ordenación
Urbanística de Andalucía.
2.1.2. Finalidad.
La finalidad de las presentes ordenanzas es la reglamentación de las intervenciones
y uso de los terrenos y de la edificación.
2.1.3. Ámbito.
Las presentes ordenanzas serán de aplicación en el ámbito territorial definido en
la documentación gráfica que corresponde con la presente Innovación y Ordenación
Pormenorizada de las Unidades de Ejecución 4-6 y 5 del PGOU de Bornos.
2.1.4. Licencia de obras.
Serán objeto de licencia municipal los actos de construcción o edificación e instalación
y de uso del suelo, incluidos el subsuelo y el vuelo a que se refiere el artículo 169 de
la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y correspondientes del Reglamento de
Planeamiento, de acuerdo a los artículos correspondientes del PGOU de Bornos.
2.2. Régimen urbanístico del suelo.
2.2.1. Calificación del suelo
En el plano «P.02. Ordenación» de la Innovación queda definida la calificación del
suelo con expresión detallada de sus usos pormenorizados y que son los siguientes:
- Uso residencial.
- Uso equipamientos.
- Uso espacios libres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321793
ANEXO I