3. Otras disposiciones. . (2025/108-41)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del informe de fiscalización operativa de la gestión de las residencias de mayores de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 8089/15
5.1.2.2. Promover la racionalización de los procesos administrativos y agilización de
trámites
Análisis del cumplimiento de los plazos máximos por la Consejería y ASSDA
46.
En el procedimiento para el reconocimiento del Derecho a la Dependencia y el Servicio de
Atención Residencial (SAR) gestionado por la Consejería y ASSDA, y regulado en el
Decreto 168/2007, de 12 de junio, modificado por el Decreto-ley 3/2022, de 29 de marzo11, se
han identificado distintas incidencias en la muestra analizada. Esta muestra se compone de 114
expedientes de una población de 28.703 expedientes, siguiendo los criterios técnicos del
epígrafe de apéndices 7.2. Muestra analizada. En este epígrafe se analiza la eficacia mediante la
comparación con los plazos máximos de la normativa, y en el epígrafe 5.2.1.1. la eficiencia a
través de la medición de los tiempos promedio de tramitación. El flujograma del procedimiento
para el reconocimiento de la situación de dependencia resume las distintas fases, plazos
máximos que establece la normativa y los órganos competentes de su gestión, como muestra el
gráfico nº 2. (§§A.32, A.33)
FLUJOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL
DERECHO A LA ATENCIÓN RESIDENCIAL
SOLICITUD DEL
DERECHO DE
DEPENDENCIA
•BAREMACIÓN
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
RESOLUCIÓN
DE GRADO
•3 MESES DESDE
SOLICITUD
DEPENDENCIA
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
PROPUESTA
PIA
RESOLUCIÓN
PIA
INCORPORACIÓN
AL CENTRO
RESIDENCIAL
•2 MESES DESDE
ENTRADA
RESOLUCIÓN DE
GRADO
•3 MESES DESDE
ENTRADA
RESOLUCIÓN DE
GRADO EN
SERVICIOS
COMUNITARIOS
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
•15 DÍAS O 7
DÍAS DESDE
FECHA
NOTIFICACIÓN
DE
RESOLUCIÓN
PIA CON PLAZA
• SERVICIOS
COMUNITARIOS
DEL
AYUNTAMIENTO
Fuente: Elaboración propia a partir de la normativa aplicable.
47.
•ASSDA
Gráfico nº 2
En el 71,93% de los expedientes analizados (82 de 114 expedientes de la muestra) la valoración
por el equipo de baremación12 de la Delegación Provincial o Territorial de la Consejería superaba
el plazo máximo de los tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro, regulado en el
art. 15.2 del Decreto 168/2007, de 12 de junio. (§§A.32, A.34, Anexo II)
Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del
derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su
valoración; modificado por el Decreto-ley 3/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para mejorar la financiación
de los centros de atención residencial y de los centros de día y de noche de atención a personas en situación de dependencia.
12 El plazo de Resolución de grado de dependencia se debe realizar en un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud.
Como paso previo, y dentro de este plazo, se tiene que realizar la valoración del grado de dependencia por el equipo de baremación de
la Delegación territorial de la Consejería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321687
11
BOJA
Número 108 - Lunes, 9 de junio de 2025
página 8089/15
5.1.2.2. Promover la racionalización de los procesos administrativos y agilización de
trámites
Análisis del cumplimiento de los plazos máximos por la Consejería y ASSDA
46.
En el procedimiento para el reconocimiento del Derecho a la Dependencia y el Servicio de
Atención Residencial (SAR) gestionado por la Consejería y ASSDA, y regulado en el
Decreto 168/2007, de 12 de junio, modificado por el Decreto-ley 3/2022, de 29 de marzo11, se
han identificado distintas incidencias en la muestra analizada. Esta muestra se compone de 114
expedientes de una población de 28.703 expedientes, siguiendo los criterios técnicos del
epígrafe de apéndices 7.2. Muestra analizada. En este epígrafe se analiza la eficacia mediante la
comparación con los plazos máximos de la normativa, y en el epígrafe 5.2.1.1. la eficiencia a
través de la medición de los tiempos promedio de tramitación. El flujograma del procedimiento
para el reconocimiento de la situación de dependencia resume las distintas fases, plazos
máximos que establece la normativa y los órganos competentes de su gestión, como muestra el
gráfico nº 2. (§§A.32, A.33)
FLUJOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA Y DEL
DERECHO A LA ATENCIÓN RESIDENCIAL
SOLICITUD DEL
DERECHO DE
DEPENDENCIA
•BAREMACIÓN
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
RESOLUCIÓN
DE GRADO
•3 MESES DESDE
SOLICITUD
DEPENDENCIA
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
PROPUESTA
PIA
RESOLUCIÓN
PIA
INCORPORACIÓN
AL CENTRO
RESIDENCIAL
•2 MESES DESDE
ENTRADA
RESOLUCIÓN DE
GRADO
•3 MESES DESDE
ENTRADA
RESOLUCIÓN DE
GRADO EN
SERVICIOS
COMUNITARIOS
•DELEGACIÓN
TERRITORIAL
CONSEJERÍA
•15 DÍAS O 7
DÍAS DESDE
FECHA
NOTIFICACIÓN
DE
RESOLUCIÓN
PIA CON PLAZA
• SERVICIOS
COMUNITARIOS
DEL
AYUNTAMIENTO
Fuente: Elaboración propia a partir de la normativa aplicable.
47.
•ASSDA
Gráfico nº 2
En el 71,93% de los expedientes analizados (82 de 114 expedientes de la muestra) la valoración
por el equipo de baremación12 de la Delegación Provincial o Territorial de la Consejería superaba
el plazo máximo de los tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro, regulado en el
art. 15.2 del Decreto 168/2007, de 12 de junio. (§§A.32, A.34, Anexo II)
Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del
derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su
valoración; modificado por el Decreto-ley 3/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para mejorar la financiación
de los centros de atención residencial y de los centros de día y de noche de atención a personas en situación de dependencia.
12 El plazo de Resolución de grado de dependencia se debe realizar en un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud.
Como paso previo, y dentro de este plazo, se tiene que realizar la valoración del grado de dependencia por el equipo de baremación de
la Delegación territorial de la Consejería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321687
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