3. Otras disposiciones. . (2025/107-58)
Orden de 30 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de Baza y de Fiñana, pertenecientes el primero a la provincia de Granada y el segundo a la de Almería, y se establecen sus datos identificativos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Viernes, 6 de junio de 2025
página 7965/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 30 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea
delimitadora entre los términos municipales de Baza y de Fiñana, pertenecientes
el primero a la provincia de Granada y el segundo a la de Almería, y se
establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 30.1.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de Baza
y de Fiñana, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día sobre la
realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se ha empleado como documento jurídico básico
acreditativo de la delimitación el Acta de 17 de mayo de 1898 sobre la operación practicada
para reconocer y señalar los mojones comunes a los municipios de Baza y de Fiñana.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite Baza-Fiñana se halla conformada por un total de 3 puntos de
amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1 es común a los municipios de Baza, de Fiñana y de
Dólar, en su enclave El Raposo; y el mojón trigémino final PA3 es común a los municipios
de Baza, de Fiñana y de Abla.
A la operación de determinación de la línea Baza-Fiñana, realizada el 17 de mayo de
1898, asistieron los comisionados de Baza y de Fiñana, otorgando su conformidad.
No asistieron los comisionados del municipio de Dólar, pero otorgaron su conformidad
sobre la ubicación geográfica del PA1 en el Acta adicional de 15 de abril de 1930, de la
línea Fiñana-Dólar en su enclave El Raposo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321563
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó Resolución por la que se acuerda el inicio de
actuaciones de demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Baza y de Fiñana, pertenecientes el
primero a la provincia de Granada y el segundo a la de Almería.
En virtud del mismo precepto, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a
los municipios afectados de Almería (Abla y Fiñana) y de Granada (Baza y Dólar), así
como a las Diputaciones Provinciales de Almería y de Granada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Viernes, 6 de junio de 2025
página 7965/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 30 de abril de 2025, por la que se aprueba el replanteo de la línea
delimitadora entre los términos municipales de Baza y de Fiñana, pertenecientes
el primero a la provincia de Granada y el segundo a la de Almería, y se
establecen sus datos identificativos.
Visto el expediente correspondiente a las actuaciones de replanteo mencionadas en el
encabezamiento y en consideración a los siguientes
HECHOS
Segundo. Con fecha 30.1.2025 fue emitido informe por el IECA, en el cual se detallan
las actuaciones de replanteo realizadas sobre la línea límite entre los municipios de Baza
y de Fiñana, con el objeto de proyectar la línea definitiva acordada en su día sobre la
realidad física existente en la actualidad.
Del citado informe se deriva que se ha empleado como documento jurídico básico
acreditativo de la delimitación el Acta de 17 de mayo de 1898 sobre la operación practicada
para reconocer y señalar los mojones comunes a los municipios de Baza y de Fiñana.
De la referida documentación se concluye lo siguiente:
La línea límite Baza-Fiñana se halla conformada por un total de 3 puntos de
amojonamiento.
El mojón trigémino inicial PA1 es común a los municipios de Baza, de Fiñana y de
Dólar, en su enclave El Raposo; y el mojón trigémino final PA3 es común a los municipios
de Baza, de Fiñana y de Abla.
A la operación de determinación de la línea Baza-Fiñana, realizada el 17 de mayo de
1898, asistieron los comisionados de Baza y de Fiñana, otorgando su conformidad.
No asistieron los comisionados del municipio de Dólar, pero otorgaron su conformidad
sobre la ubicación geográfica del PA1 en el Acta adicional de 15 de abril de 1930, de la
línea Fiñana-Dólar en su enclave El Raposo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321563
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Decreto 157/2016, de 4
de octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Andalucía y se
establecen determinadas disposiciones relativas a la demarcación municipal y al Registro
Andaluz de Entidades Locales, con fecha 23.1.2025 la persona titular de la Secretaría
General de Administración Local dictó Resolución por la que se acuerda el inicio de
actuaciones de demarcación para el establecimiento de los datos identificativos de la
línea delimitadora entre los términos municipales de Baza y de Fiñana, pertenecientes el
primero a la provincia de Granada y el segundo a la de Almería.
En virtud del mismo precepto, con fecha 24.1.2025 se notificó dicha resolución de
inicio al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA en adelante), pidiéndole
la emisión del informe de replanteo.
Al amparo de los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las
Administraciones Públicas, contemplados en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la resolución de inicio fue notificada a
los municipios afectados de Almería (Abla y Fiñana) y de Granada (Baza y Dólar), así
como a las Diputaciones Provinciales de Almería y de Granada.