Autoridades y personal. . (2025/106-20)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se efectúa la convocatoria para 2025 de 12 contratos predoctorales para la Formación del Personal Investigador del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024-2025.
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Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
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2.2. Nacionalidad.
No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de las
personas solicitantes para la participación en el concurso. No obstante, la contratación
del personal investigador en formación extranjero no comunitario, quedará supeditada
a la obtención de la correspondiente exención del permiso de trabajo y residencia legal
en España, o el visado que le autorice para trabajar, de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre (BOE de
12.12.2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.
2.3. Titulación.
2.3.1. Las personas solicitantes deberán acreditar, dentro del plazo de presentación
de solicitudes, estar matriculados en un programa de doctorado en la Universidad
de Almería en el curso 2024-2025. Alternativamente, los solicitantes que opten a la
contratación predoctoral podrán acreditar que, en el momento de presentación de su
solicitud, se encuentran en posesión del título de máster o han realizado la matrícula en el
curso vigente en un máster universitario oficial que dé acceso a un programa de doctorado
en el curso siguiente, existiendo al menos evidencia fehaciente de su preadmisión en el
mismo.
2.3.2. La fecha de finalización de los estudios (considerándose como aquella en la
que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que
constituyen el programa completo del título) que presenten en cumplimiento del requisito
establecido en el párrafo anterior, deberá ser:
a) A partir del 1 de enero de 2021, en el caso de licenciaturas, ingenierías y
arquitecturas o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al
Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
b) A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de diplomaturas, ingenierías técnicas y
arquitecturas técnicas o titulaciones equivalentes en sistemas universitarios extranjeros
no adaptados al EEES, que hayan realizado el máster para acceso al doctorado.
c) A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de estudios de grado del EEES de 180
créditos.
d) A partir del 1 de enero de 2021, en el caso de estudios de grado del EEES de 240
créditos.
e) Quedará ampliado en dos años el periodo de finalización de estudios señalado en
los apartados a), b), c) y d), respecto de quienes padecieran una discapacidad igual o
superior al 33 por ciento.
f) Asimismo, podrán solicitar estos contratos quienes hubieran concluido sus estudios
a partir del 1 de enero de 2017 en los siguientes casos:
f.1) Quienes estén en posesión del título oficial de alguna de las especialidades
contempladas en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan
y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados
aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
f.2) Quienes, mientras hayan estado cursando los estudios anteriormente señalados,
se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años entre el 1 de
enero de 2017 y el 1 de enero de 2021.
f.3) Quienes hayan interrumpido los estudios a causa de una enfermedad grave o por
dedicarse a la atención de personas mayores de la familia en primera línea parental.
Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales,
deberán estar reconocidos por el Gobierno español a la fecha del cierre del plazo de
presentación de solicitudes. A estos efectos, se considerará como reconocimiento del
título la acreditación por parte de la persona solicitante de haber sido admitida en algún
Máster o programa de doctorado a nivel nacional.
2.3.3. Contar con una nota media en su expediente académico, para titulaciones de
primer ciclo, ciclo largo y Grado, en la escala 0 a 10, igual o superior a las notas indicadas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321452
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 7853/2
2.2. Nacionalidad.
No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de las
personas solicitantes para la participación en el concurso. No obstante, la contratación
del personal investigador en formación extranjero no comunitario, quedará supeditada
a la obtención de la correspondiente exención del permiso de trabajo y residencia legal
en España, o el visado que le autorice para trabajar, de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su
integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre (BOE de
12.12.2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.
2.3. Titulación.
2.3.1. Las personas solicitantes deberán acreditar, dentro del plazo de presentación
de solicitudes, estar matriculados en un programa de doctorado en la Universidad
de Almería en el curso 2024-2025. Alternativamente, los solicitantes que opten a la
contratación predoctoral podrán acreditar que, en el momento de presentación de su
solicitud, se encuentran en posesión del título de máster o han realizado la matrícula en el
curso vigente en un máster universitario oficial que dé acceso a un programa de doctorado
en el curso siguiente, existiendo al menos evidencia fehaciente de su preadmisión en el
mismo.
2.3.2. La fecha de finalización de los estudios (considerándose como aquella en la
que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que
constituyen el programa completo del título) que presenten en cumplimiento del requisito
establecido en el párrafo anterior, deberá ser:
a) A partir del 1 de enero de 2021, en el caso de licenciaturas, ingenierías y
arquitecturas o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al
Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
b) A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de diplomaturas, ingenierías técnicas y
arquitecturas técnicas o titulaciones equivalentes en sistemas universitarios extranjeros
no adaptados al EEES, que hayan realizado el máster para acceso al doctorado.
c) A partir del 1 de enero de 2020, en el caso de estudios de grado del EEES de 180
créditos.
d) A partir del 1 de enero de 2021, en el caso de estudios de grado del EEES de 240
créditos.
e) Quedará ampliado en dos años el periodo de finalización de estudios señalado en
los apartados a), b), c) y d), respecto de quienes padecieran una discapacidad igual o
superior al 33 por ciento.
f) Asimismo, podrán solicitar estos contratos quienes hubieran concluido sus estudios
a partir del 1 de enero de 2017 en los siguientes casos:
f.1) Quienes estén en posesión del título oficial de alguna de las especialidades
contempladas en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan
y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados
aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
f.2) Quienes, mientras hayan estado cursando los estudios anteriormente señalados,
se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años entre el 1 de
enero de 2017 y el 1 de enero de 2021.
f.3) Quienes hayan interrumpido los estudios a causa de una enfermedad grave o por
dedicarse a la atención de personas mayores de la familia en primera línea parental.
Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales,
deberán estar reconocidos por el Gobierno español a la fecha del cierre del plazo de
presentación de solicitudes. A estos efectos, se considerará como reconocimiento del
título la acreditación por parte de la persona solicitante de haber sido admitida en algún
Máster o programa de doctorado a nivel nacional.
2.3.3. Contar con una nota media en su expediente académico, para titulaciones de
primer ciclo, ciclo largo y Grado, en la escala 0 a 10, igual o superior a las notas indicadas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321452
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía