Disposiciones generales. . (2025/106-1)
Orden de 27 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de Urbanismo y se convoca la VI Edición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Jueves, 5 de junio de 2025
página 7578/10

Artículo 16. Notificación y publicación.
1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades
interesadas y, en particular, la resolución del procedimiento, se publicarán en la página web
de la Consejería, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En
todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
2. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, la orden de concesión
que pone fin al procedimiento se publicará en la página web de la Consejería y en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a efectos de general conocimiento.
Artículo 17. Obligaciones de las personas premiadas.
Será obligación de las personas, entidades o instituciones que resulten premiadas:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano directivo
central convocante, así como cualesquiera otras de comprobación que puedan realizar
los órganos competentes, aportando cuanta información sea requerida.
b) Comunicar al órgano directivo central convocante los cambios a efectos de
notificaciones.
Artículo 18. Destino de los trabajos presentados.
1. La Dirección General u órgano directivo central competente en materia de
ordenación del territorio y urbanismo devolverá a sus autores o a la persona que los
haya presentado, a solicitud de los mismos, los trabajos, documentos y elementos no
premiados, una vez haya sido publicada la orden por la que se conceden los premios en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El plazo para la devolución será de diez días a
contar desde la fecha de solicitud.
2. La Consejería se reserva el derecho de difundir o reproducir los trabajos premiados
por cualquier soporte tecnológico como forma de dar publicidad al premio y al trabajo
premiado, atendiendo a fines divulgativos y de sensibilización social, indicando siempre
la autoría del mismo, sin que ello implique ninguna cesión o limitación de los derechos de
propiedad intelectual que correspondan a los premiados.
De la misma forma, los trabajos premiados podrán ser divulgados por sus autores,
debiendo hacer constar que ha obtenido el Premio Andalucía de Urbanismo en la
convocatoria de que se trate.

Disposición adicional única. Convocatoria correspondiente al año 2025.
Se aprueba la convocatoria de la VI Edición de los Premios Andalucía de Urbanismo,
correspondiente al año 2025, que se otorgarán en sus cinco modalidades. La convocatoria
se regirá por lo dispuesto en la presente orden y por lo que se dispone a continuación:
1. Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía, en el enlace
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 19. Protección de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos, el
responsable del tratamiento de los datos de carácter personal facilitados por las personas
participantes en esta convocatoria es la Consejería competente en materia de ordenación
del territorio y urbanismo. La finalidad de dicho tratamiento de datos personales será
la gestión y resolución de la presente convocatoria y se basa en el interés público de
la convocatoria y en su solicitud de participación en ella. Los datos serán conservados
durante la tramitación del procedimiento de concesión del premio y de las reclamaciones
que se puedan formular. Para cualquier consulta sobre dicho tratamiento o en relación con
el ejercicio de los derechos regulados en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, se puede contactar
con el Delegado de Protección de Datos, remitiendo escrito a la Consejería competente.