3. Otras disposiciones. . (2025/105-27)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se publican los períodos hábiles de caza para la temporada 2025/2026.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7800/3
costera de Cádiz delimitada en el Anexo I de la Orden de 5 de julio de 2018 por la que se
fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se podrá cazar la paloma torcaz y la paloma bravía en la media veda desde el
21 de agosto de 2025 al 28 de septiembre de 2025, siendo hábiles los jueves, sábados,
domingos y festivos nacionales y autonómicos.
Tercero. De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, se limita la caza de la
liebre ibérica a los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos durante
todo el período hábil establecido en el anexo de esta resolución en todo el territorio de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, excepto en la provincia de Almería donde serán
hábiles los viernes, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos, así como
para la celebración de jornadas de campeonatos deportivos oficiales de caza incluidos
en el calendario oficial de competiciones de la correspondiente federación deportiva, que
podrán celebrarse cualquier día de la semana dentro del periodo hábil.
Además, se prohibe la ampliación de la caza de la liebre desde el 29 de diciembre de
2025 hasta el 25 de enero de 2026 mediante carreras con galgos atraillados y con azor
y águilas harries que tienen autorizadas estas modalidades en sus respectivos planes
técnicos de caza, siendo únicamente posible durante este período la celebración de
jornadas de campeonatos deportivos oficiales de caza incluidos en el calendario oficial
de competiciones de la correspondiente federación deportiva.
Cuarto. El periodo hábil de la tórtola europea será establecido por la Resolución
Excepcional de la Dirección General que recoge las Directrices del Plan Adaptativo
de Caza de la Tórtola Europea. Se establece el 15 de junio como plazo límite para la
presentación del informe previsto en el apartado octavo de la Resolución de 11 de marzo
de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se
adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible asignación de cupos dentro
del Plan Adaptativo de la caza de la tórtola europea en Andalucía durante la temporada
de caza 2025-2026.
Quinto. La presente resolución producirá efectos tras su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía a partir del primer día hábil a efectos administrativos una
vez iniciada la temporada de caza 2025-2026.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
00321399
Sevilla, 28 de mayo de 2025.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7800/3
costera de Cádiz delimitada en el Anexo I de la Orden de 5 de julio de 2018 por la que se
fijan las vedas y períodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se podrá cazar la paloma torcaz y la paloma bravía en la media veda desde el
21 de agosto de 2025 al 28 de septiembre de 2025, siendo hábiles los jueves, sábados,
domingos y festivos nacionales y autonómicos.
Tercero. De acuerdo con el artículo 7 del Decreto 126/2017, de 25 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, se limita la caza de la
liebre ibérica a los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos durante
todo el período hábil establecido en el anexo de esta resolución en todo el territorio de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, excepto en la provincia de Almería donde serán
hábiles los viernes, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos, así como
para la celebración de jornadas de campeonatos deportivos oficiales de caza incluidos
en el calendario oficial de competiciones de la correspondiente federación deportiva, que
podrán celebrarse cualquier día de la semana dentro del periodo hábil.
Además, se prohibe la ampliación de la caza de la liebre desde el 29 de diciembre de
2025 hasta el 25 de enero de 2026 mediante carreras con galgos atraillados y con azor
y águilas harries que tienen autorizadas estas modalidades en sus respectivos planes
técnicos de caza, siendo únicamente posible durante este período la celebración de
jornadas de campeonatos deportivos oficiales de caza incluidos en el calendario oficial
de competiciones de la correspondiente federación deportiva.
Cuarto. El periodo hábil de la tórtola europea será establecido por la Resolución
Excepcional de la Dirección General que recoge las Directrices del Plan Adaptativo
de Caza de la Tórtola Europea. Se establece el 15 de junio como plazo límite para la
presentación del informe previsto en el apartado octavo de la Resolución de 11 de marzo
de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se
adoptan determinados acuerdos en previsión de la posible asignación de cupos dentro
del Plan Adaptativo de la caza de la tórtola europea en Andalucía durante la temporada
de caza 2025-2026.
Quinto. La presente resolución producirá efectos tras su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía a partir del primer día hábil a efectos administrativos una
vez iniciada la temporada de caza 2025-2026.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
00321399
Sevilla, 28 de mayo de 2025.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja