3. Otras disposiciones. . (2025/105-26)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático, por la que se emite y se hace público el informe ambiental estratégico del Plan de Mejora de la Calidad del Aire de Villanueva del Arzobispo y su entorno.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7798/7
El seguimiento ambiental de estos efectos negativos del PMCA consistirá en
la verificación y valoración del cumplimiento de estas medidas, así como en la
cumplimentación y análisis de los valores de los indicadores de evaluación ambiental
(apartado11.2 del DAE) aplicables a tales efectos.
El presente IAE establece la necesidad de elaboración de memorias de seguimiento
ambiental, sugiriéndose una periodicidad anual acorde con la establecida para el cálculo
de los indicadores que se recogen en el PMCA. Estas memorias, que serían desarrolladas
por el promotor para el seguimiento de la EAEs, podrá contemplar adaptaciones de
los indicadores y medidas correctoras a consecuencia de las conclusiones que se
desprendan de la aplicación de estos indicadores.
6. Conclusión.
Acorde con todo lo anterior, esta Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio
Climático, como órgano ambiental competente en materia de evaluación ambiental
estratégica, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas y de conformidad
con los criterios establecidos en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, resuelve este procedimiento de evaluación ambiental simplificada
con el siguiente pronunciamiento:
No se prevén efectos negativos significativos sobre el medio ambiente procedentes
de la ejecución de las medidas que contempla el Plan de Mejora de la Calidad del Aire
de Villanueva del Arzobispo y su entorno, en los términos establecidos en el presente
informe y en el documento ambiental estratégico.
El presente informe ambiental estratégico se remite a la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, como promotora del Plan de Mejora de
la Calidad del Aire de Villanueva del Arzobispo y su entorno y se publica en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del órgano ambiental, en cumplimiento del
artículo 39.3 de la Ley GICA.
Contra el presente informe ambiental estratégico no procede recurso administrativo
alguno, sin perjuicio de los que procedan, en su caso, contra la resolución que apruebe el
plan sometido al mismo.
Sevilla, 26 de mayo de 2025.- La Secretaria General, María López Sanchís.
A NE XO
C O N S U LTA S
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada contempla la
necesidad de consultar a las Administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas para la elaboración del informe ambiental estratégico. Dicho trámite de
consultas tuvo lugar durante 45 días hábiles, entre el 22 de noviembre de 2024 y el 29 de
enero de 2025. Se habilitó la web de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente
para facilitar la información y consulta y el canal de administración electrónica.
Seguidamente se indican las entidades consultadas y se marcan con una X las que
han emitido respuesta a la consulta. Los informes recibidos se remiten al promotor para
su consideración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
RESPONDE
00321397
ENTIDAD
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Subdelegación de Gobierno de Jaén.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Miércoles, 4 de junio de 2025
página 7798/7
El seguimiento ambiental de estos efectos negativos del PMCA consistirá en
la verificación y valoración del cumplimiento de estas medidas, así como en la
cumplimentación y análisis de los valores de los indicadores de evaluación ambiental
(apartado11.2 del DAE) aplicables a tales efectos.
El presente IAE establece la necesidad de elaboración de memorias de seguimiento
ambiental, sugiriéndose una periodicidad anual acorde con la establecida para el cálculo
de los indicadores que se recogen en el PMCA. Estas memorias, que serían desarrolladas
por el promotor para el seguimiento de la EAEs, podrá contemplar adaptaciones de
los indicadores y medidas correctoras a consecuencia de las conclusiones que se
desprendan de la aplicación de estos indicadores.
6. Conclusión.
Acorde con todo lo anterior, esta Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio
Climático, como órgano ambiental competente en materia de evaluación ambiental
estratégica, teniendo en cuenta el resultado de las consultas realizadas y de conformidad
con los criterios establecidos en el Anexo V de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, resuelve este procedimiento de evaluación ambiental simplificada
con el siguiente pronunciamiento:
No se prevén efectos negativos significativos sobre el medio ambiente procedentes
de la ejecución de las medidas que contempla el Plan de Mejora de la Calidad del Aire
de Villanueva del Arzobispo y su entorno, en los términos establecidos en el presente
informe y en el documento ambiental estratégico.
El presente informe ambiental estratégico se remite a la Dirección General de
Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular, como promotora del Plan de Mejora de
la Calidad del Aire de Villanueva del Arzobispo y su entorno y se publica en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del órgano ambiental, en cumplimiento del
artículo 39.3 de la Ley GICA.
Contra el presente informe ambiental estratégico no procede recurso administrativo
alguno, sin perjuicio de los que procedan, en su caso, contra la resolución que apruebe el
plan sometido al mismo.
Sevilla, 26 de mayo de 2025.- La Secretaria General, María López Sanchís.
A NE XO
C O N S U LTA S
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada contempla la
necesidad de consultar a las Administraciones públicas afectadas y a las personas
interesadas para la elaboración del informe ambiental estratégico. Dicho trámite de
consultas tuvo lugar durante 45 días hábiles, entre el 22 de noviembre de 2024 y el 29 de
enero de 2025. Se habilitó la web de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente
para facilitar la información y consulta y el canal de administración electrónica.
Seguidamente se indican las entidades consultadas y se marcan con una X las que
han emitido respuesta a la consulta. Los informes recibidos se remiten al promotor para
su consideración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
RESPONDE
00321397
ENTIDAD
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Subdelegación de Gobierno de Jaén.
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