Disposiciones generales. . (2025/104-5)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) en Biomedicina y en Ciencias de la Salud en Andalucía, para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7726/8

Duodécimo. Efectividad.
La eficacia de la presente resolución se producirá con la publicación del extracto de
la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad
con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Sevilla, 27 de mayo de 2025.- La Secretaria General, Áurea Morillo García.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321324

- Susceptibilidad de protección de los resultados de investigación mediante cualquier
derecho de propiedad industrial o intelectual. Hasta 2 puntos. Se valora si los posibles
resultados futuros podrían generar o no alguno de los siguientes activos: Know-How
transferible, un registro de propiedad intelectual distinto de los derivados de publicaciones
científicas (artículos científicos, guías de práctica clínica, cuestionarios médicos, etc.), una
solicitud de Patente o Modelo de Utilidad, o un desarrollo de tecnología sanitaria propia.
c) Criterios de valoración del equipo y centro de investigación o innovación: 26 puntos.
- Capacidad de la persona IP para la realización de las actividades programadas.
Hasta 10 puntos. Se valorará la capacidad y experiencia de la/s persona/s investigadora/s
principal/es evidenciadas a través proyectos con financiación competitiva, publicaciones
resultado de proyectos propios y en colaboración, publicaciones e impacto cualitativo
de las mismas, protección intelectual, patentes, participación en estructuras estables de
investigación, impacto de proyectos anteriores, difusión/divulgación a la sociedad. Además,
se valorará capacidad formativa del Investigador/Investigadores principales y del equipo
(dirección de Tesis Doctorales, dirección de Máster, residentes o rotantes a su cargo).
- Capacidad de las personas colaboradoras. Hasta 6 puntos. Se valorará la dedicación
y composición del equipo teniendo en cuenta la idoneidad de los perfiles y horas de
dedicación de las personas participantes en el equipo para poder realizar todos los
objetivos y tareas asignados, así como la competencia, capacidad y experiencia de cada
una de ellas evidenciadas a través de la obtención de financiación para otros proyectos
de I+D+i relacionados con el tema propuesto y la actividad investigadora reciente a nivel
nacional e internacional, a través de la producción científica.
En la valoración de la producción científica se tendrán en cuenta las interrupciones
acreditadas debidas a períodos de descanso derivados de maternidad o paternidad
disfrutados con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el Régimen
General de la Seguridad Social, grave enfermedad o accidente de la persona solicitante,
atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo recogido en la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las
personas en situación de dependencias.
- Desarrollo de proyectos cooperativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma
Andaluza: Hasta 3 puntos.
- Resultados obtenidos en evaluaciones expost de convocatorias anteriores. 1 punto.
Se valorará con esta puntuación los proyectos liderados por personas IP que no hayan
obtenido una evaluación expost desfavorable en convocatorias anteriores de la consejería
competente en materia de salud en el periodo 2018-2023.
- La participación de mujeres en la investigación biomédica como investigadoras
principales: 6 puntos.
d) Criterios de valoración de difusión: 5 puntos.
- Plan de difusión y/o explotación de los resultados. Hasta 5 puntos. Se valorará que
el plan de difusión y/o explotación planteado es adecuado y realista según el tipo de
resultados que se prevé obtener.
Solo serán propuestos para financiación los proyectos que alcancen como mínimo los
siguientes requisitos:
- 60 puntos del total de la puntuación.
- La suma de los apartados a) y b) debe ser igual o mayor a 45 puntos.
- La puntuación mínima del apartado c) debe ser mayor o igual a 10 puntos.