Disposiciones generales. . (2025/104-4)
Extracto de la Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se convocan, para el año 2025, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7744/2

ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro
cesante en que hayan incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas
como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades
medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados
de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y
2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la
conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática.
Cuarto. Financiación, intensidad y régimen aplicable.
1. Las ayudas reguladas en esta orden son compatibles con la percepción de otras
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones
Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que la
suma de todas ellas no supere la intensidad máxima de ayuda conforme a lo dispuesto por
el artículo 41 del Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7
de julio de 2021.
2. La intensidad máxima de la ayuda será del 100% del lucro cesante.
3. Las ayudas reguladas en esta orden están cofinanciadas por la Unión Europea, a
través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura, y por la Administración de
la Junta de Andalucía, en un 70% y en un 30%, respectivamente.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de agosto de 2024, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen
de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación
de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA
núm. 166, de 27 de agosto).
Sexto. Cuantía.
Estas ayudas se convocan en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo
a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Línea de ayuda

Partida presupuestaria

Cuantía máxima (€)
2025

Ayudas por intervenciones que contribuyan a la prestación
de servicios medioambientales por parte de la acuicultura
en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027

1200120000G/71P/47300/00_G4210401A6

300.000,00€

Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.

Sevilla, 20 de mayo de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321343

Octavo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estará a disposición de las personas
o entidades solicitantes a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25274.html