Disposiciones generales. . (2025/104-4)
Extracto de la Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se convocan, para el año 2025, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Martes, 3 de junio de 2025
página 7744/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 20 de mayo de 2025, por la que se convocan, para
el año 2025, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a
la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el
marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de
Acuicultura 2021-2027.
BDNS (Identif): 834125.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Segundo. Requisitos para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de
la ayuda.
Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente convocatoria las personas físicas
o jurídicas así como las sociedades civiles y comunidades de bienes titulares de la
autorización de cultivos acuícolas sometidos, en su totalidad o en parte, a restricciones
o requisitos de gestión específicos como consecuencia de la integración de la
explotación acuícola en la Red Natura 2000, y solo cuando las restricciones o requisitos
medioambientales les venga impuestos por la legislación nacional o planes de gestión
de espacios naturales jurídicamente vinculantes,de conformidad con lo establecido en el
artículo 3 de la Orden de 19 de agosto de 2024.
Tercero. Objeto.
El objeto de esta orden es convocar para el año 2025 las ayudas, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321343

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2025, en régimen de concurrencia no competitiva, las
ayudas destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan
incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de
la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales
específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación
de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en
concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de
la biodiversidad de la avifauna acuática, previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen
de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación
de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
2. La información asociada al procedimiento de concesión de estas ayudas está
disponible en el código de procedimiento 25274, a través del Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía,
mediante la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25274.html