Autoridades y personal. . (2025/103-45)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Profesor/a Permanente Laboral.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7564/6
9. Presentación de los concursantes y entrega de documentación.
9.1. El Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección, una vez realizadas las
consultas oportunas con los restantes miembros de la Comisión, notificará a todos los
aspirantes admitidos al concurso, con una antelación mínima de diez días naturales,
la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su
celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de
la Comisión de Selección y, en ningún caso, exceder de dos días hábiles después de
ésta. Dicha notificación podrá realizarse, a elección del Presidente o Presidenta de la
Comisión, al email facilitado por los aspirantes o mediante su publicación en el Boletín
Oficial de la Universidad de Málaga.
9.2. En el acto de presentación de los aspirantes al concurso de acceso a plazas
de Profesor/a Permanente Laboral, que tendrá carácter público, los concursantes serán
llamados por orden alfabético y entregarán al Presidente o Presidenta de la Comisión de
Selección la siguiente documentación en formato electrónico:
● Historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial sanitario, en
el que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, según modelo normalizado de currículo CVN ANECA (FECYT) para
la acreditación nacional para el acceso a plazas de Profesor/a Permanente Laboral o
conforme a un modelo similar.
● Publicaciones y documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial
académico, docente e investigador. El candidato deberá presentar una declaración jurada
que asegure que la documentación entregada responde fielmente al original, en caso de
documentos no electrónicos, sin perjuicio de que se requiera al interesado o interesado
los oportunos documentos originales que acrediten la citada declaración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321164
8.4. En el acto de constitución, la Comisión de Selección concretará y hará público,
en el mismo lugar en el que se celebre el acto, los criterios específicos de evaluación
para la adjudicación de las plazas. La concreción de estos criterios se realizará y se hará
público antes del acto de presentación de los aspirantes.
8.5. Una vez constituida la Comisión de Selección, para que ésta pueda actuar
válidamente será necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros. En caso
de ausencia del Presidente o Presidenta, actuará como tal el miembro de la Comisión de
más antigüedad en el cuerpo de Catedráticos/as de Universidad y, en su defecto, en el
de Profesores/as Titulares de Universidad o Profesor/a Permanente Laboral. En caso de
ausencia del Secretario o Secretaria, actuará como tal el miembro de menor categoría y
antigüedad en el cuerpo.
8.6. Los miembros de la Comisión de Selección que estuviesen ausentes en alguna
de las pruebas de evaluación cesarán en su condición de tales a partir de ese momento,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir.
8.7. Si, una vez constituida la Comisión de Selección, ésta quedara con menos de
tres miembros, el Consejo de Gobierno, conforme a lo estipulado en el Reglamento
por el que se regula la constitución de las comisiones de plazas de personal docente
e investigador de la Universidad de Málaga, procederá a la designación de una nueva
Comisión de Selección, en la que no podrán incluirse los miembros que en la anterior
hubiesen cesado en su condición.
8.8. La Comisión de Selección podrá celebrar sus reuniones de forma presencial, en
las dependencias de la Universidad de Málaga, o virtual, o de forma híbrida, conforme a
lo establecido en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. El Departamento peticionario de la plaza facilitará a las Comisiones
de Selección el apoyo administrativo necesario para la celebración de concurso.
8.9. A los efectos de su constitución y demás actuaciones de la Comisión de
Selección, el mes de agosto se excluirá del cómputo de los plazos correspondientes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Lunes, 2 de junio de 2025
página 7564/6
9. Presentación de los concursantes y entrega de documentación.
9.1. El Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección, una vez realizadas las
consultas oportunas con los restantes miembros de la Comisión, notificará a todos los
aspirantes admitidos al concurso, con una antelación mínima de diez días naturales,
la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su
celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de
la Comisión de Selección y, en ningún caso, exceder de dos días hábiles después de
ésta. Dicha notificación podrá realizarse, a elección del Presidente o Presidenta de la
Comisión, al email facilitado por los aspirantes o mediante su publicación en el Boletín
Oficial de la Universidad de Málaga.
9.2. En el acto de presentación de los aspirantes al concurso de acceso a plazas
de Profesor/a Permanente Laboral, que tendrá carácter público, los concursantes serán
llamados por orden alfabético y entregarán al Presidente o Presidenta de la Comisión de
Selección la siguiente documentación en formato electrónico:
● Historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial sanitario, en
el que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, según modelo normalizado de currículo CVN ANECA (FECYT) para
la acreditación nacional para el acceso a plazas de Profesor/a Permanente Laboral o
conforme a un modelo similar.
● Publicaciones y documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial
académico, docente e investigador. El candidato deberá presentar una declaración jurada
que asegure que la documentación entregada responde fielmente al original, en caso de
documentos no electrónicos, sin perjuicio de que se requiera al interesado o interesado
los oportunos documentos originales que acrediten la citada declaración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00321164
8.4. En el acto de constitución, la Comisión de Selección concretará y hará público,
en el mismo lugar en el que se celebre el acto, los criterios específicos de evaluación
para la adjudicación de las plazas. La concreción de estos criterios se realizará y se hará
público antes del acto de presentación de los aspirantes.
8.5. Una vez constituida la Comisión de Selección, para que ésta pueda actuar
válidamente será necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros. En caso
de ausencia del Presidente o Presidenta, actuará como tal el miembro de la Comisión de
más antigüedad en el cuerpo de Catedráticos/as de Universidad y, en su defecto, en el
de Profesores/as Titulares de Universidad o Profesor/a Permanente Laboral. En caso de
ausencia del Secretario o Secretaria, actuará como tal el miembro de menor categoría y
antigüedad en el cuerpo.
8.6. Los miembros de la Comisión de Selección que estuviesen ausentes en alguna
de las pruebas de evaluación cesarán en su condición de tales a partir de ese momento,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir.
8.7. Si, una vez constituida la Comisión de Selección, ésta quedara con menos de
tres miembros, el Consejo de Gobierno, conforme a lo estipulado en el Reglamento
por el que se regula la constitución de las comisiones de plazas de personal docente
e investigador de la Universidad de Málaga, procederá a la designación de una nueva
Comisión de Selección, en la que no podrán incluirse los miembros que en la anterior
hubiesen cesado en su condición.
8.8. La Comisión de Selección podrá celebrar sus reuniones de forma presencial, en
las dependencias de la Universidad de Málaga, o virtual, o de forma híbrida, conforme a
lo establecido en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. El Departamento peticionario de la plaza facilitará a las Comisiones
de Selección el apoyo administrativo necesario para la celebración de concurso.
8.9. A los efectos de su constitución y demás actuaciones de la Comisión de
Selección, el mes de agosto se excluirá del cómputo de los plazos correspondientes.