3. Otras disposiciones. . (2025/102-24)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se aprueban las tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A. MP, en ejecución de encargos y su régimen de aprobación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Viernes, 30 de mayo de 2025
página 7555/3

La técnica seguida ha sido la de configurar en un anexo el cuadro de tarifas y, con
objeto de poder identificarlas con mayor facilidad, constituir un sistema de codificación.
De esta forma, para cada uno de los conceptos, se contiene en el anexo el código
correspondiente, una breve descripción de la actividad, la unidad de medida y el importe
correspondiente al mismo.
Con el establecimiento de unas tarifas sobre la actividad de sociedad, se refuerzan la
homogeneización, transparencia y objetividad de la gestión económica de los encargos
que ésta recibe, adaptada a las exigencias de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre. De esta
manera, los organismos que realicen encargos obtendrán con antelación un detalle sobre
los parámetros económicos implícitos en la ejecución del encargo, simplificándose con
ello la elaboración del presupuesto económico de la misma; facilitando la comparación
de la ventaja económica de los servicios con el mercado; agilizando las labores de
acreditación de costes por parte de la receptora del encargo y, por último, facilitándose
las labores de control, seguimiento y fiscalización, pues se contará con un marco de
referencia homogéneo. Todo ello redundará, indefectiblemente, en un ahorro de costes de
administración que haga más eficiente al ente instrumental y a los poderes adjudicadores
la ejecución de los encargos, lo que en última instancia revierte en el interés público que
persiguen éstos últimos en el ejercicio de sus competencias y potestades públicas.
Por ello, en uso de la competencia atribuida por la disposición adicional decimocuarta
de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESU ELV E
Primero. Aprobación de las tarifas aplicables por la Empresa Pública de Gestión de
Activos, S.A. MP.
Se aprueban las tarifas recogidas en el anexo de la presente resolución, aplicables a
las actuaciones que sean objeto de encargo a la Empresa Pública de Gestión de Activos,
S.A. MP, en su condición de medio propio instrumental de la Administración de la Junta
de Andalucía y Poderes Adjudicadores dependientes de la misma.
Segundo. Régimen de aplicación de las tarifas y acreditación de costes.
Las tarifas entrarán en vigor a partir del día siguiente a la firma de la presente
resolución, y serán objeto de publicación en el perfil del contratante y en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía. Se aplicarán a todos los encargos cuya aprobación, mediante
resolución, tenga una fecha posterior.
En estos encargos, conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, las tarifas se usarán para determinar el presupuesto
y para la facturación de los trabajos realizados por parte de la Empresa Pública de Gestión de
Activos, S.A. MP.

Cuarto. Efectos.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su firma, sin
perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de mayo de 2025.- El Director General, Joaquín Gallardo Gutiérrez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321155

Tercero. Actualización y modificación de las tarifas.
1. La actualización de las tarifas se llevará a cabo con periodicidad anual o cuando
circunstancias especiales así lo requieran y será aprobada por la persona titular de la
Dirección General de Patrimonio, a propuesta motivada de la sociedad.
2. Asimismo, las tarifas podrán ser modificadas por la persona titular de la Dirección
General de Patrimonio, a propuesta motivada de la sociedad.